Listado de la etiqueta: Penal

Bienvenidos y bienvenidas a esta segunda parte de la guía del perito psicólogo, en la que hablaremos sobre la cámara Gesell. Esta habitación, pues eso es de lo que se trata la susodicha cámara, tiene múltiples usos en psicología, por lo que con suerte los y las peritos que pudieran leer esto ya estarán al menos algo familiarizados con ella. En todo caso, decir que se trata de una estancia acondicionada para permitir a observadores externos a la misma, percibir lo que sucede dentro de ella sin que aquellos en su interior puedan verlos. Efectivamente, es una de esas habitaciones que tanto vemos en las ficciones policíacas, por lo que no os extrañará cuando os diga que presenta diversos usos en el ámbito de la criminología.

Por tanto, se compone de dos secciones diferenciados, separados por el famoso vidrio de visión unilateral, estando ambas comunicadas por equipos de audio y video para la grabación de lo que allí sucede y para poder comunicarse entre una estancia y otra. Su inventor, Arnold Gesell, la ideó para mejorar la manera en que se observaba a los niños y niñas durante experimentos psicológicos, pues la presencia de un investigador afecta notablemente la conducta de los sujetos (ej: sesgos de actuación, nervios, expectativas, etc.). En cuanto a su uso en el ámbito jurídico, no solo se usa para separar acusado de testigo, sino también para mejorar el análisis de la conducta de los sospechosos en interrogatorios y a la hora de tomar la declaración a menores, así como para analizar su testimonio, siendo este último caso el que más comúnmente se puede encontrar el psicólogo forense. No obstante, también se usa la cámara Gesell en medicina, educación, estudios de marketing y otras muchas disciplinas.

La Cámara Gesell y el testimonio de menores

Así pues, tenemos una habitación partida en dos segmentos completamente separados, creando dos ambientes que serán muy distintos. El primero de ellos estará destinado al menor, que estará solo con el psicólogo o psicóloga, por lo que idealmente contendrá además de mesa y sillas, lápices y hojas para dibujar y decoración que cree un ambiente en el que el niño se sienta lo más seguro posible. El segundo espacio, separado por el vidrio, es muy distinto. Desde él observarán su señoría, el fiscal, los letrados de ambas partes y a veces algún familiar del niño.

Una vez todos estén ya en su lugar, dará inicio la entrevista, realizada por el profesional en psicología, que deberá intentar obtener del menor toda la información relevante al caso. Como ya hemos comentado en innumerables ocasiones, dicha información puede ser tan traumática para el menor que el simple hecho de expresar los sucesos puede resultar harto doloroso, pero al tiempo son datos necesarios para esclarecer el caso. Por ello, se crea en estos casos un conflicto, en que hay que intentar esclarecer si el testimonio es o no verdadero, intentando siempre causar el menor daño posible al menor. Por ello, era inevitable que se terminara creando un protocolo de uso en estos casos, de ahí que será únicamente el psicólogo quien hable con el menor, evitándole tener que hablar con muchas personas desconocidas que le atosigarían y le harían sentir inseguro y amenazado. Además, se presupone que el psicólogo dispone de los conocimientos necesarios para hablar con el menor, introducir los temas sin causar trauma o minimizando este, preguntar sin introducir sesgos en las preguntas, etc.

Para lograrlo, la psicóloga realizará una entrevista semiestructurada como la que se usa normalmente en este tipo de casos, como si se tratase de una evaluación sin estar en la cámara. No obstante, la diferencia más importante es que esto se hará para recabar la mayoría de los datos del caso, los sucesos en general, pero los actores presentes en la estancia tras el espejo se comunicarán a partir de cierto momento, y por turnos, con la psicóloga. Lo harán a través de un teléfono, walkie, auriculares, etc., mediante los que le irán transmitiendo las preguntas que deseen que responda el menor. Así, cada una de las partes y su señoría transmitirán sus cuestiones y la psicóloga tendrá que reformularlas para esclarecer esos puntos del testimonio del menor.

Para el psicólogo, por tanto, la diferencia fundamental es que se va a saber observado durante todo su trabajo. Recomiendo recordar que si estamos convenientemente formados no vamos a tener ningún problema en realizar el trabajo, que en realidad es muy similar a una evaluación forense fuera de la cámara. La diferencia, claro está, son las preguntas que vamos a tener que formular por petición de terceros y que, lamentablemente, no tendrán tan en cuenta como nosotros el bienestar emocional del menor, sino que buscan exclusivamente esclarecer aspectos confusos del testimonio o incluso a veces desacreditarlos, buscando que se contradiga.

De nuevo, el sistema trata de lidiar con esta contradicción, pues por una parte se busca que el testimonio sea lo más completo y detallado posible, pero al tiempo la propia cámara Gesell pretende preservar el bienestar del declarante, evitando su revictimización dentro de lo posible. Nótese que si el proceso se hace correctamente, estaremos aunando en un mismo contexto las preguntas del perito, de los letrados de ambas partes y del juez, por lo que el menor ya no debería tener que enfrentar nuevas declaraciones en un futuro. No obstante, esto no siempre es así e incluso a veces se usa la cámara Gesell con menores que ya declararon ante el psicólogo en el pasado. Ya sabemos que el sistema jurídico, como todo en esta vida, no es perfecto.

Evitando la revictimización

Como sabemos, existen diversos factores que causan esa victimización secundaria de la que venimos hablando, en el ámbito del sistema jurídico-penal. Si, como evaluadores, queremos evitar ese sufrimiento innecesario en los menores, deberemos tener claros estos factores, para evitarlos. Así, encontramos:

  • Priorizar la búsqueda de la realidad del suceso, olvidando a la víctima y la atención que necesita, por lo que se despersonaliza el trato a la misma.
  • Falta de ajuste en la información relativa a los avances del caso, en los casos en que la víctima tenga edad apropiada.
  • Falta de un entorno agradable, de intimidad y protección, a la hora de declarar.
  • Exceso de tecnicismos jurídicos.
  • Falta de información sobre los roles jurídicos de los implicados.
  • Lentitud del proceso judicial e interferencia, a veces reiterada, con la recuperación y readaptación de la víctima.
  • Exigir la repetición del testimonio, ponerlo en entredicho y generar sentimientos de culpabilidad.

Por tanto, si lo que queremos es evitar, en la medida de lo posible, el efecto de estos factores en el declarante, el psicólogo deberá ejercer su función teniéndolos en cuenta. Por ello, nuestra actuación debe ir guiada por una serie de principios paliativos, que son aplicables tanto cuando actuamos en la cámara Gesell como en una evaluación pericial cualquiera:

  • Nunca olvidar a la víctima, dándole espacio para que piense sus respuestas, pueda admitir duda o falta de recuerdo sin recibir reproches, pueda realizar las preguntas que le vengan a la mente, etc.
  • Generar un entorno lo más agradable posible, que favorezca que el sujeto se relaje y esté a gusto. La cámara Gesell, si se aplica correctamente, presentará un ambiente ya dedicado a ello.
  • Responder a todas las preguntas que tenga la persona, siempre que esté en nuestra mano, o bien redirigirla a quien pueda respondérselas.
  • Evitar tecnicismos jurídicos que únicamente entorpecerían la comunicación. En la cámara, cuando los observadores al otro lado del espejo nos transmitan una pregunta cargada de estos tecnicismos, deberemos reformularla de tal forma que el o la declarante vaya a entendernos a la perfección.
  • Explicar quienes somos, para qué es la reunión, sobre qué se va a hablar y porqué, respondiendo a las dudas y aclarando los puntos que no se hayan entendido.
  • Cuando se nos designe un caso, realizar nuestra parte lo más pronto posible, para no entorpecer el avance del caso, que ya será de por sí bastante lento.
  • Realizar nuestra parte del trabajo lo mejor posible, de manera que disminuyamos la probabilidad de que sea necesaria una nueva declaración.

Nunca debemos olvidar, que incluso en casos en que es el propio declarante quien inició el proceso legal mediante denuncia, la declaración y demás evaluaciones son un proceso durísimo para la persona evaluada, más todavía si se trata de menores de edad. Por ello, debemos siempre intentar dar lo mejor de nosotros en estas intervenciones, realizando nuestra labor lo mejor posible, evitando así daños innecesarios en la persona. En cuanto a la cámara Gesell, es una herramienta más de las muchas que llegaremos a usar en nuestra carrera profesional, y una que cada vez se usa más en nuestra país, habiéndose instalado varias en años recientes tanto en la Comunitat Valenciana, como en otras partes de España. Esperemos que eso signifique que nuestro sistema judicial (y los medios que nos proporcionan para realizar nuestro trabajo y evitar daños innecesarios en la víctima) sigue mejorando día tras día.

 

Fuentes:

Arnold Gesell.

Cámara Gesell: ¿Qué es y para qué se usa en psicología? por Alicia Fernández Parra.

Cámara Gesell: ¿Qué es, para qué sirve y por qué se llama así? por Fernando Marcelo Martínez.

La cámara Gesell en la investigación de delitos sexuales, por Mariela Zanetta Magi.

Guía de buena práctica psicológica en el tratamiento judicial de los niños abusados sexualmente, por E. Echeburúa y I. J. Subijana.

Cámara Gesell: Una Herramienta para reducir la victimización secundaria en menores víctimas de delitos sexuales, por A. Del Águila Blanes.

 

Changeling es una película interesante por muchos motivos. Lo es, entre otras cosas, como obra audiovisual en sí, pero también por la forma en que ilustra todo lo siguiente:

  • Lo que es una investigación policial y aquello que sucede cuando esta no se lleva a cabo de forma eficiente.
  • Los efectos psicológicos que sufren quienes no solo son víctimas de un crimen sino que además no se les cree cuando declaran haberlo vivido.
  • Cómo a veces se prioriza dar por cerrado un caso en vez de resolverlo realmente.
  • El uso que, lamentablemente, se ha dado a veces a las instituciones psiquiátricas, como método de represión en lugar de recurso sanitario.
  • La importancia que puede tener un juicio, si este se realiza correctamente, como herramienta restitutoria, no solo a nivel individual sino también social.
  • Además de otros muchos aspectos interesantes a nivel psicológico y jurídico, y todo ello a través de la narración de un caso real.

Por eso me dispongo a realizar una revisión de esta historia, clarificando aquellos puntos que no me parece que la película logre reflejar certeramente, y dividiendo el análisis en tres partes. No es de extrañar, por tanto, que de aquí en adelante vayamos a hablar de cada detalle de Changeling (El intercambio, en España, y El sustituto en hispanoamérica), de su trama y de su final. Para empezar, hoy hablaremos del inicio del caso y de como el abuso de poder por parte del cuerpo de policía puede empeorar el estado de una víctima, en vez de mejorarlo.

Los Ángeles, 1928

Christine Collins era madre soltera en una época en que serlo era aún más complicado que a día de hoy. Vivía junto a su hijo Walter en la ciudad de Los Ángeles, trabajando en una centralita telefónica, por lo que a veces este se quedaba solo en casa hasta que ella regresaba. Como veremos más adelante, esto no era ni mucho menos porque no se preocupara por él, así que no es de extrañar su reacción cuando regresó a casa y descubrió que su hijo había desaparecido. Llamó a la policía y denunció la desaparición, ante lo cual se le dijo que enviarían a alguien pasadas veinticuatro horas si no había aparecido aún.

Lo suyo sería sentir alivio cuando la investigación policial se inicia formalmente, y más todavía cuando pasados cinco meses esta concluye con la aparición del menor. La entrega del mismo a su madre se hace ante la prensa, de manos del capitán encargado del caso, J. J. Jones. Sin embargo, lo que debería ser un final feliz se convierte en el inicio de una auténtica pesadilla, pues la Sra. Collins aseguró que aquel no era su hijo, aunque se le pareciera. Jones achacó su reacción a la tensión sufrida y dio el caso por concluido. Y a pesar de que Christine insistió en sus afirmaciones, como el muchacho afirmaba ser su hijo, el policía se desembarazó de ella una y otra vez, cuestionando sus capacidades como madre y su cordura.

Antes de proseguir explicando los sucesos que componen esta historia, me gustaría matizar alguna diferencia entre la persona de Christine Collins en la película y en la realidad, ya que si bien no hay nada que reprochar a la actuación de Angelina Jolie en la misma, su reacción cuando le es entregado su falso hijo fue algo distinta en la vida real. En la película, ella le comenta al capitán que ese no es su hijo, a lo que este responde que debido al trauma sufrido ella no lo puede recordar con claridad, y lo cual ella inicialmente acepta, aunque reticentemente. La realidad es que la verdadera Sra. Collins no era ni mucho menos una mujer que fuera a aceptar aquella clase de respuesta, sino que el policía tuvo que insistir y asegurarle que, si una vez en casa y habiéndose calmado y asimilado el shock sufrido, no reconocía aun al niño como su hijo, estudiarían entonces su caso.

Volviendo a nuestra historia, y como es de suponer, Jones no estaba dispuesto a aceptar su error (si es que se trataba de un error y no de algo más grave), ya que la resolución del caso le había servido para acallar las habladurías sobre la criminalidad descontrolada que habitaba la ciudad, y por ello se aseguró de que la prensa tomara nota de esta emotiva historia. Admitir que la Sra. Collins tenía razón le hubiera valido no solo las críticas de estos últimos, sino posiblemente un despido. Por ello, para evitar el bochorno, centró sus esfuerzos, en vez de en resolver el caso, en anular cada uno de los argumentos que Christine presenta, en intimidarla, criticarla, insinuar que realmente no quiere ser madre, y en amenazarla de forma sistemática.

Como resultado, a Christine no le quedó otra que callar… de momento . En realidad, y a espaldas de la policía, realizó su propia investigación para certificar que el problema no estaba en su cabeza, sino que ese niño no era Walter. Con facilidad, determinó que el niño no era tan alto como debería, y que además estaba circuncidado, cuando su hijo nunca lo estuvo. Además, lo llevó al dentista, quien certificó que su dentadura no correspondía con la de Walter, y ante su maestra, quien no tuvo dificultades en confirmar que el niño, fuera quien fuera, no era Walter. Y no solo eso, sino que mediante la ayuda de Gustav A. Briegleb, un influyente reverendo que se posicionó contra la policía de Los Ángeles, Christine consiguió hacer llegar su historia (la verdadera) hasta la prensa.

Llegados a este punto, el capitán de la policía tomó medidas drásticas. ¿Reabrió el caso? No, claro que no. Envió a la mujer, sin precisarse evaluación previa alguna, a un hospital psiquiátrico. Mediante esta jugada, no solo se desembarazó de Collins sino que a partir de ahí pudo «demostrar» ante la prensa que él tenía razón y la mujer no, pues su encierro en el hospital certificaría que estaba afectada de algún tipo de trastorno. Esta trampa le sirvió a Jones precisamente porque en esta época no era tan extraño que la policía enviara al manicomio a quien considerara peligroso sin requerirse evaluación previa, basando esta urgencia precisamente en dicha peligrosidad, valorada únicamente por ellos. Una vez dentro del hospital psiquiátrico, las personas en cuestión tenían dos opciones: Admitir que estaban equivocadas en su conducta y fingir que iban mejorando o bien persistir en ella y sufrir un maltrato sanitario que acabaría por producir en ellas los síntomas que en este lugar deberían haber curado.

Si parece extraño, algo sin pies ni cabeza, y un castigo inhumano, es porque lo es. Dedicaré la segunda entrada a este punto, pues merece tiempo para desarrollarlo. De momento quedémonos con que la Sra. Collins tuvo la suerte de haber mediatizado su caso justo antes de ser encerrada, y también de tener simpatizantes con suficiente influencia como para hacer ruido. El resultado es que Christine logró salir de allí relativamente indemne y pronto. Lamentablemente, no todo el mundo tuvo esa suerte, pero como ya he dicho, de ello hablaremos más adelante.

Su puesta en libertad acabó por encender más los ánimos, al ser una confirmación ante el público de que la madre de Walter no sufría ninguna alteración mental que le impidiera saber quien era su hijo. Así, empiezan una serie de manifestaciones que, gracias a una buena dosis de suerte y a otro policía que investigaba otro caso, llevan a que se unan los puntos y que se inicie un juicio para valorar el porqué de los actos de J. J. Jones. El juicio debió ser duro para el policía, sí, pero también lo fue para la propia Christine. Y es que un proceso judicial siempre es un mal trago, teniendo que revivir lo sufrido y explicarlo una y otra vez delante de quienes sabemos que van a valorar si lo que decimos es cierto o no, poniendo nuestro testimonio en tela de juicio. La diferencia es que Jones se lo buscó, por querer manipular la verdad en su beneficio, sin tener en cuenta todo el daño que causaría, y asumiendo que Christine sería débil y claudicaría, mientras que ella no se rindió y luchó para que la verdad saliera a la luz. Pero lo peor es que mientras esto sucedía, ella ya era consciente de que debido a la ineficacia policial quizás ya nunca encontraría a su hijo. Porque quienes debían ocuparse de encontrarlo prefirieron esforzarse en desacreditarla y en apuntarse méritos que nunca se habían ganado.

El resultado del juicio fue que la Corte de California condenó no solo a Jones sino también a su superior el comandante Davis, por negligencia y corrupción. Además a partir de esto se investigó el caso de varias mujeres encerradas en el hospital psiquiátrico por motivos similares al de Christine, siendo liberadas mediante orden judicial. Y aunque podemos considerar esto una victoria, solo lo es a medias, ya que el tiempo perdido en la búsqueda del niño fue inmenso, y una vez se investigó realmente el asunto ya era demasiado tarde. De hecho, simultáneamente a este juicio se celebró otro en el que se enjuiciaba a Gordon Stewart Northcott, caso del cual me ocuparé también más adelante, pero del que por ahora nos bastará decir que se trataba de un asesino en serie que escogía como víctimas a niños y que entre sus víctimas quizás pudo encontrarse el mismo Walter.

El mundo al revés

El destino de Walter es incierto, pero en todo caso su madre jamás logró encontrarlo, aunque se dice que nunca desistió en su empeño de hallarlo. Por tanto, no es una historia con final feliz, pero aun así es una de la que hay mucho que aprender. Y es que, las autoridades y la sociedad necesitan saber cómo influyen en las víctimas de un delito, pues aunque su cometido debería ser aliviar el sufrimiento de las víctimas, minimizarlo y evitar que este se prolongue más de lo necesario, la incompetencia (o en este caso, la negligencia pura y dura) pueden llevar a que el efecto producido en ellas sea justo el contrario.

De esta manera, quienes deben proteger y ayudar a las víctimas, pueden terminar dañándolas más si cabe, aumentando su sensación de desprotección ante un mundo hostil. Al fin y al cabo ¿Qué ayuda cabe esperar, si incluso quienes han de protegernos nos causan dolor? A decir verdad, hay que reconocer que tanto el sistema sanitario actual como los diversos mecanismos jurídicos han avanzado mucho en esta y otras áreas en las sociedades occidentales en los últimos años, aunque igualmente cierto es que queda un largo trecho por recorrer en este sentido.

Porque, sí, esto no solo se aplica al papel de la policía, sino también al de los diversos especialistas sanitarios que deben atender a las víctimas. El caso es extrapolable incluso a aquellas personas que sufren no por ser víctimas sino por padecer una enfermedad o trastorno concretos, ya que si en estos casos la persona que les atiende ignora su sufrimiento, le resta importancia o los trata negligentemente, lo esperable no es que mejore su situación, sino todo lo contrario.

Imaginemos lo siguiente. Hay un incendio en una casa. Dentro, una persona está atrapada, rodeada por el fuego. De entre las llamas, surge la imponente figura de un bombero, pero entonces, en vez se ayudarle, procede a pisotearle y luego se marcha sin más. Estoy bastante seguro que esta escena no figura en el imaginario de la mayoría. Un bombero que nos haga daño en vez de ayudarnos en momentos de necesidad resulta algo inconcebible. Entonces, ¿por qué buena parte del imaginario colectivo percibe que la corrupción es algo esperable y más o menos habitual entre las fuerzas del orden y en los diversos figurantes del proceso jurídico? ¿Por qué tanta gente desconfía de los tratamientos que les propone su médico? ¿O por qué percibimos que las personas que necesitan estar en una residencia por uno u otro motivo no estarán bien atendidas?

La respuesta es sencilla, pero dolorosa. Todos hemos oído de casos semejantes, y aunque un análisis detallado de la situación evidencia que estos no son la norma, también demuestra que existen, y solo por eso ya influyen en nuestra percepción colectiva de estos asuntos. Arrastramos pues, un largo pasado de negligencias y maltratos, y para poder superarlo no queda otra más que todos seamos conscientes de la gravedad de este tipo de actos y actuemos, cada uno en la medida en que pueda, para ponerles fin. Y esta responsabilidad no puede recaer solo en la sociedad y en denuncias individuales, claro está, sino que a de nacer de los propios profesionales, quienes tenemos un gran impacto en las vidas de las personas con las que trabajamos. Al fin y al cabo, cualquier acto judicial que cause más daño a las víctimas en vez de aliviarlo no es justicia. Y justicia es tanto lo que queremos y como lo que necesitamos.

Parte 2: Próximamente.

Parte 3: Próximamente.​

El mundo de las ciencias forenses es harto interesante y lleno de historias de las que podemos aprender siempre algo. El caso que traigo hoy no tiene una relación directa con la psicología pero, como veremos, las y los peritos también podemos aprender algo al respecto.

Se trata ni más ni menos del caso de «La mujer sin rostro», una misteriosa criminal que cometió diversos asesinatos desde el año 1993 al 2009, a lo largo de Austria, Francia y Alemania, además de participar en multitud de otros crímenes de todo tipo. Esta criminal, que trajo de cabeza a la policía alemana durante años, se volvió increíblemente mediática y fue conocida también por el apelativo de la «Fantasma de Heilbronn».

Durante más de década y media, la fantasma tuvo en jaque a las fuerzas del orden de tres países, demostrando que podía tratarse de una de las criminales más peligrosas de la historia.

Y durante todos esos años sólo hubo una cosa que atara todos estos casos: un rastro de ADN encontrado en hasta cuarenta escenas del crimen, delitos de todo tipo. Los investigadores pronto entendieron que se enfrentaban a una mente criminal digna de la más increíble de las películas del género policíaco. No sólo era que esta mujer tenía un historial delictivo más largo que la bufanda de un jirafa, sino que se movía por el país (y más adelante incluso internacionalmente) sin que nadie pudiera detectarla jamás hasta que ya era demasiado tarde.

Una criminal como ninguna otra.

Normalmente al relatar casos nos solemos centrar en asesinos en serie o en criminales con otro tipo de perfil definido, que tiende a realizar un delito de forma reiterada o bien varios tipos de crimen relacionados entre sí, pero el caso de la fantasma es bien distinto. Su ADN parecía encontrarse no solo en escenarios de homicidio, sino también en robos de guante blanco o en altercados con armas de fuego entre bandas. Aparentemente, era como si esta mujer fuera una maestra del crimen, una mafiosa del más alto nivel que además se ocupaba ella misma de realizar muchas de sus operaciones.

La primera vez que la policía tuvo constancia de la existencia del fantasma fue en mayo de 1993, cuando una pobre anciana murió estrangulada en la ciudad de Idar-Oberstein. La asesina no dejó huellas ni evidencias de otro tipo, solo su ADN.

Años después, en Friburgo se da un caso similar, también una estrangulación y de nuevo un crimen casi perfecto, en el que la única pista era el rastro de ADN de esta misteriosa individua. Viendo que esta persona podía haber cometido otros delitos similares, se empieza a buscar su ADN en otros casos semejantes y la sorpresa fue que su presencia estaba por doquier ¡y no no sólo en casos de estrangulamiento!

El rastro genético de la misteriosa asesina sería encontrado a lo largo de los años en diversos objetos de otras tantas escenas del crimen: en un cajón en una casa allanada, en los restos de una galleta en un camión robado y en otros veinte vehículos robados más. Incluso sucedió que unos padres denunciaron con entendible enfado que su hijo había encontrado una jeringuilla con heroína en un parque, y dicha jeringuilla tenía ADN del fantasma. Durante un tiempo se llegó a pensar que sería esta la pista que llevaría a los investigadores hasta ella, pero esto también quedó en nada, ya que la jeringa solo se relacionó con el caso mucho tiempo después de haber sido encontrada y por ello era imposible seguir su rastro.

La conclusión a la que se llegó fue que esta despiadada criminal no presentaba un patrón claro en sus actos, no respondía a un perfil estable excepto, quizás, a un deseo patológico de notoriedad. Eso explicaría por una parte que decidiera implicarse en todo tipo de crímenes, así como que siempre se encontrara como única prueba de su presencia el ADN. Al fin y al cabo, su existencia se hizo famosa (y pronto se empezó a tachar a las fuerzas policiales de incompetentes por no poder detenerla), y el que esa fuera siempre la única prueba casi parecía apuntar a que se ocupaba con gran maestría de no dejar ni una pista excepto siempre la misma, como si así dejará su marca de identidad al tiempo que sabía que sólo con eso jamás darían con ella. Por tanto, el ADN sería, según la terminología usada en criminología, su «firma», su forma de marcar su autoría sobre los hechos.

Se llegó a pensar que la criminal dejaba el ADN expresamente en las escenas del crimen a modo de burla: «Atrapadme si podéis».

El perfil criminal que se le atribuyó era el de una persona peligrosa y brutal, aunque cuidadosa en extremo, pero a la vez errática. Se decía de ella que debía ser una enferma mental, una psicópata, así como una adicta, pero también una persona de gran inteligencia (esto último era en cierta manera, necesario para las fuerzas policiales, pues lo contrario hubiera sido admitir que no eran capaces de capturar a una delincuente de inteligencia promedio o incluso inferior).

Un caso cada vez más complicado.

Un caso de lo más rocambolesco, pero lo peor estaba aún por llegar. Es en 2006 cuando gracias a un testigo se logra obtener un retrato robot de esta persona, pues la logró ver rompiendo el cristal de una vivienda en la que se introdujo y dentro de la cual se encontró, de nuevo, su ADN. No obstante, lo que debía haber sido una pista a la que aferrarse para hacer avanzar el caso no hizo más que complicarlo, pues el retrato robot era el de un hombre. ¿Qué significaba todo aquello? ¿Era el individuo avistado un mero cómplice? ¿Utilizaba la mujer sin rostro cómplices a los que instruía para dejar su ADN y así confundir a la policía? ¿Se trataba el fantasma de un hombre e iba dejando por ahí ADN de una mujer para despistar? ¿Era acaso la mujer sin rostro en realidad un hombre trans? ¿O es que la fantasma era una maestra del disfraz y por eso nunca era detectada?

El retrato robot obtenido, que en vez de hacer avanzar la investigación sólo hizo que volverla más y más confusa.

Fuere como fuere, el caso pasó de ser famoso a ocupar todos los titulares cuando, en 2007, una joven agente policía de 22 años fue asesinada de un tiro en la cabeza, quedando su compañera en coma, pues ambas estaban en el coche patrulla cuando fueron atacadas. Desafortunadamente, la superviviente despertó del coma sin memoria de lo sucedido, por lo que fue incapaz de informar sobre quién las había agredido.

Por mucho que se buscó posibles agresores, no se encontró a nadie con un móvil que pudiera respaldar la agresión. Así las cosas, el caso hubiera sido archivado de no ser porque… efectivamente, se encontró de nuevo el dichoso ADN de la mujer sin rostro. El problema es que a pesar de que a partir de ese momento ya podía relacionarse con nuestro caso, seguía sin haber un móvil plausible. ¿Había sido una agresión realizada con la única intención de provocar a la policía? ¿O es que las víctimas habían dado con alguna pista que podría haberles llevado a resolver el caso eventualmente?

Este fatídico suceso acaeció en Heilbronn y de ahí le viene el segundo apelativo a la asesina, que desde ese momento fue conocida como «El fantasma de Heilbronn».

Monumento erigido en memoria de la agente Michéle Kiesewetter, policía en Heilbronn.

La policía en jaque.

Este último asesinato conmocionó al país entero y puso en evidencia a la policía alemana, que debió tomarse el caso como algo personal. Según sus propios cálculos aquel caso había costado ya unas 20.000 horas de trabajo policial, así como una inversión de 25 millones de euros entre sueldos, material y demás. Llegados a este punto, se fueron ofreciendo recompensas hasta que esta ascendió hasta los 300.000€ para quien pudiera ofrecer una pista que les ayudara a esclarecer el asunto.

Y no es para menos. Habiendo saltado el caso a la fama la prensa pronto sacó a la luz informaciones de lo más extrañas. Por ejemplo, en Francia se encontró su ADN en el arma de un robo en que nadie había visto mujer alguna. Teniendo en cuenta el retrato robot con el que se trabajaba no era tan extraño, pero seguía añadiendo más misterio a a la leyenda de la mujer sin rostro. Se habla mucho de que no existe el crimen perfecto, pero la prensa llegó a la conclusión de que se encontraban ante él. El apelativo de «fantasma» le venía que ni pintado.

Y su fantasmagórica mano siguió moviéndolo todo desde las sombras. En el año 2008 se vuelve a detectar su ADN en un triple asesinato en el que para complicar aún más el asunto se encontraron unos claros culpables que negaron en todo momento que ninguna mujer tuviera relación con el crimen. ¿Acaso temían las represalias de esta diabólica mujer si la delataban?

Durante este mismo año volvió a ser detectada en varios robos y allanamientos de morada en diversas ciudades de Alemania, así como en un nuevo asesinato.

Llegados a este punto las alarmas deberían haber saltado ya hacía tiempo, pero en todo caso lo hicieron cuando el ADN de marras apareció en una reyerta familiar… en una taza. ¿Qué diantres pintaba allí el omnipresente material genético? Se dice que fue en este momento cuando alguien entre los investigadores se formó una nueva teoría, que se vería reforzada cuando en 2009 el ADN fue encontrado por enésima vez en el cuerpo quemado de un residente en Francia que demandaba asilo, cosa que parecía más que improbable, ¿no?

La verdad tras el fantasma.

No se muy bien quien tuvo la idea, pero tras una comprobación exhaustiva se probó qué tenía en común el procedimiento de recolección de muestras de todas las escenas del crimen mencionadas y… Bueno, la respuesta es cuanto menos anticlimática: los bastoncillos de algodón usados para recoger muestras, bastoncillos que salían todos ellos de la misma fábrica y que se usaban en todos los países en que había hecho acto de presencia el ADN. Parecían estar todos ellos contaminados, probablemente por alguna trabajadora de la susodicha fábrica. En resumen, nunca existió la mujer sin rostro y el material genético simplemente pertenecía a una trabajadora anónima sin relación alguna con la lista de crímenes, lo cuales en realidad no tenían nada que ver unos con otros.

Así pues, sólo quedaba buscar en la empresa a la responsable de todo este desaguisado, lo cual parece ser que también fue una verdadera odisea, además de iniciar una batalla por determinar de quién era la responsabilidad en todo este asunto, si de la trabajadora, de la empresa fabricante o de las fuerzas policiales que podían haber llegado a esta conclusión mucho, mucho antes. Sea como sea, en 2009 se cerraba el caso (o lo que diantres sea este esperpento), dejando de un plumazo decenas de crímenes sin resolver y una imagen de los investigadores de incompetencia total.

Si algo hubiéramos de rescatar de todo esto, sería aprender que necesitamos ser extremadamente rigurosos si trabajamos en el ámbito forense. Un error puede llevar a grandísimas perdidas (materiales e inmateriales). No se trata sólo de las grandes sumas de dinero invertidas en un caso que no iba en ninguna parte, ni tampoco de las miles de horas de esfuerzo policial que quedaron en agua de borrajas, sino de la ingente cantidad de casos a los que en su día se atribuyó la autoría a la inexistente mujer y que a día de hoy es muy posible que ya no puedan resolverse, quedando los culpables libres para siempre.

Podríamos pensar que el que se den errores tan graves como este debe ser algo más bien raro, pero cabe recordar que el fantasma fue el azote de la policía de tres países durante casi dos décadas, por lo que nadie nos puede asegurar que otros errores semejantes no puedan estar dándose a nuestro alrededor, en nuestro país, sin que nos demos cuenta.

Acerca de este asunto, K. Ramsland, especialista y profesora universitaria de psicología forense, comenta que «pese a que el análisis de ADN es un procedimiento científico fiable, no es inteligente basar nuestras investigaciones solamente en él». De la misma forma y trasladando esta moraleja a la propia psicología forense, deberemos ser muy cautos con los procedimientos que utilizamos, así como con la forma en que los usamos. A la hora de realizar una evaluación psicológica, es muy importante escoger los instrumentos que más se adecuen al caso en cuestión y, en caso de que los resultados puedan ofrecer cualquier clase de duda, no podemos nunca conformarnos con la primera hipótesis aunque todo apunte a ella, no al menos hasta que desterremos todo asomo de duda de nuestra investigación. Recordemos que el ámbito de la psicología en el contexto criminal es uno donde las mentiras y el subterfugio están mucho más presentes que en la vertiente clínica.

Así mismo, debemos recordar que los cuestionarios, modelos de entrevista y test psicométricos que utilizamos no son ni muchos menos herramientas exactas. Por ello, la única forma de poder usarlos con un margen adecuado de confianza (y de hecho, la forma en que se pensó que se usarían al ser diseñados) es siguiendo unos protocolos muy estrictos y combinándolos con otras pruebas similares para confirmar así los resultados, la coherencia entre ellos y la compatibilidad entre los mismos.

Desgraciadamente, no pocas veces me ha tocado revisar casos en que la evaluación psicológica forense era un auténtica chapuza, hecha con prisas o dando por bueno el testimonio a la primera a pesar de que hubieran incoherencias o aspectos que merecieran esclarecerse, fuera esto por dejadez o por haberse dejado llevar por simpatías hacia los investigados. Y si algo nos ha enseñado el caso de la fantasma de Heilbronn es que este tipo de descuidos es inadmisible. Al fin y al cabo, no debemos complicarle más aún las cosas a la justicia, que bastante difícil lo tiene ya a veces de por sí.


 

Fuentes:
La recompensa por la «Asesina fantasma» alcanza el récord de 300.000€.
La mujer sin rostro deja a la policía alemana en la oscuridad.
Alemania a la caza de la asesina conocida como «La mujer sin rostro».
The Forensic Psychology of Criminal Minds, por Katherine Ramsland.
Alemania busca a al/la asesino/a fantasma.

 

 

Feminismo. Un término que cada vez parece oírse más, habiendo quien hace de él un objetivo a lograr y quienes se oponen a ello. Definimos como feminismo el principio de igualdad de derechos entre hombres y mujeres, así como el movimiento social que lucha la realización efectiva de dicho principio. En materia feminista se ha avanzado mucho en los últimos años, aunque queda mucho más por lograr. Por ello, las huelgas, concentraciones, manifestaciones y otras actividades con el feminismo y la mujer como eje central deberían ser motivo de orgullo y alegría, pero es evidente que no todo el mundo piensa igual.

Y es que en el otro lado del espectro ideológico encontramos personas de ambos géneros mostrando su repulsa a todas las actividades antes referidas y a cualquier otra que se pueda etiquetar como feminista. No son pocos los mensajes que podemos encontrar expresando que «necesitamos menos feminismo y más igualdad». Y si bien afirmaciones como esta darían para un artículo propio, hoy prefiero no ahondar en el tema y centrarme en otro relacionado del que se ha hablado menos: los incel.

¿Qué es eso de incel?

Quizás sea pertinente una pequeña introducción al concepto, el cual proviene del inglés «involuntary celibate» o célibe involuntario en castellano. Este término designa un grupo social compuesto mayormente por hombres heterosexuales, que manifiestan sus quejas respecto a que no logran mantener relaciones sexuales. Dichas quejas suelen ser expresadas sobre todo en entornos virtuales, habiendo ido cogiendo fuerza como movimiento reaccionario al feminismo.

Pero, ¿cómo se relacionan ambos fenómenos? Esto sucede debido a que los incel normalmente se sienten resentidos con las mujeres al considerar que lo que les sucede es culpa de ellas. Y si bien esta «culpa» puede tomar muchas formas, este grupo social tiende a manifestar comportamientos y actitudes misóginos, justificando la violencia contra las mismas. A esto hay que añadir que también suelen sentir resquemor frente a los hombres que no comparten «su condición», aquellos que según creen han tenido la suerte de nacer con atributos que los hacen más deseables.

Explicado así, en frío, puede parecer algo delirante, pero demuestra ser motivo de preocupación cuando al buscar «incel» en Google Noticias lo que encontramos (en el momento de escribir este texto) en la primera página de resultados es lo siguiente, en orden de aparición:

  • Varios reportajes sobre Nido.org, un foro dedicado exclusivamente a compartir material sexual sin permiso (véase pornovenganza), a veces inclusive relativo a menores.
  • El boicot a Capitana Marvel, por el mero hecho de ser esta película protagonizada por una mujer.
  • Información sobre Lamuel Lukas Luis Donoso Moscheni, administrador del mencionado foro.
  • Un tiroteo reciente orquestado por este grupo social en el cual murieron dos mujeres.
  • Un reportaje que resume varios ataques y atentados como el antes citado.

Si realizamos una búsqueda similar en la versión inglesa de la web, los resultados no son más halagüeños, como tampoco lo son si avanzamos más allá de la primera página de resultados. Siendo como es este un fenómeno en auge, lamentablemente, no es difícil encontrar información más extensa al respecto. El patrón es casi siempre el mismo, el de hombres con escasas habilidades sociales y por tanto aislados, que nunca han mantenido relaciones sexuales y que encuentran en foros como el ya mencionado una comunidad que respalda y valida su forma de sentir y pensar, retroalimentando sus actitudes y comportamientos nocivos, aumentando cada vez más su odio hacia las mujeres y hacia todo aquel que no les dé la razón.

En no pocas ocasiones achacan su soledad a su aspecto físico, considerando que el mundo (las mujeres) es superficial y que eso les condena a un destino injusto. El hecho que se reúnan en internet agrava el problema, pues con el anonimato que proporciona un seudónimo se sienten con ánimos de expresar sin límites su odio, que no solo toma forma de misoginia, sino también de misantropía y xenofobia, entre otros. Hemos de suponer que la inmensa mayoría de ellos jamás concretará dicho odio en conductas violentas explícitas (aunque una cantidad relativamente alta de ellos sí lo hace), pero el problema va incluso más allá del las explosiones de agresividad.

El discurso de la subcultura incel habla de organizar un contraataque contra las mujeres, de privarlas de su libertad sexual (puede parecer que exagero, lo sé), llegando a afirmar que sería lo justo para así garantizar que ellos tuvieran cubiertas sus necesidades en este sentido. Son ideas muy extremas, pero la comunidad online que forman las refuerza hasta que ya no se sienten solos en ellas, tomando cada vez más fuerza y radicalizándose debido a la camaradería que se forma entre ellos y gracias al efecto cámara de eco valida su forma de pensar. Lógicamente, los miembros de estas comunidades no se llevan siempre bien con todos, pero con una autoestima afectada y habilidades sociales limitadas, se seguirán sintiéndo más cómodos entre ellos al no recibir censura o reproches por su parte y sí aceptación.

Hay que entender que incel no equivale a odiar a las mujeres, ni odiar a las mujeres te convierte en incel, pero con un breve vistazo a alguno de estos foros resulta absurdamente sencillo comprobar que en ellos se promueve dicho tipo de ideario: misoginia, autoindulgencia y autocompasión, rabia acumulada que desea ser expresada como venganza. Lo llaman la rebelión de los incels o el alzamiento beta, entre otros apelativos. ¿Que qué es un beta? Es otro término con el que muchos de ellos se autodenominan, como contraposición a los «alphas», los hombres que sí son escogidos por las mujeres como parejas, según ellos por tener la suerte de ser más guapos, poseer mejor posición económica, etc. Como vemos, la ideología posee un fuerte componente de autodesprecio.

Un usuario demanda el alzamiento beta, pidiendo que se asesine no solo a mujeres de forma azarosa, sino también a alguna feminista conocida para así enviar «el mensaje».

No hace falta ser un experto en movimientos sectarios peligrosos para darse cuenta que los grupos incel reúnen suficientes de sus características como para ser preocupantes. No es de extrañar que el Southern Poverty Law Center (organización especializada en el estudio de las ideologías de odio y su prevención) añadiera la «supremacía masculina» a su particular lista, destacando dentro de ella a los grupos incel. Keegan Hankes, investigador de dicha organización, informaba muy preocupado que en los foros incel leía discursos más violentos incluso que los que suele encontrar en los foros de temática racista. Explica además que dichos discursos suponen un grave peligro, pues los individuos que hasta el momento de leerlos no hubieran tenido pensamientos violentos empezarán a exponerse a ellos en una dosis altísima, lo cual les afectará seguro.

Hace ya aproximadamente un año, un hombre llamado Alek Minassian perpetró un ataque en Toronto, atropellando a diez personas con una furgoneta, de las cuales ocho eran mujeres. Podría haberse tratado de un fatídico accidente, pero no es el caso. Días antes, Minassian había escrito en redes un mensaje preocupante. Rezaba tal que así: «¡La Rebelión Incel ha comenzado! ¡Derrocaremos a los Chads y Stacys! ¡Saludad al grandioso caballero Elliot Rodger!».

En la terminología de estos grupos, un Chad es lo mismo que un alpha, es decir, un varón sexualmente atractivo, aunque el término es susceptible de aplicarse a cualquier hombre que no sea un incel. Por su parte, el término Stacy es usado por esta comunidad para referirse a las mujeres que consideran sexualmente atractivas y que según ellos solamente tendrán relaciones con los «Chad». Además, el nombre con el que se refieren al resto de mujeres es «Becky», considerando que ya que estas «no podrán» relacionarse con Chads, «el orden natural» dicta que deben relacionarse con ellos (los incel) y que al no hacerlo están agraviándoles y contradiciendo dicho «orden». Y si esto ya de por sí es grave, deberíamos saber que no son los términos más graves que usan para referirse a las mujeres. Podemos afirmar pues que se trata de grupos en cuya raíz encontramos grandes dosis de autocompasión, resentimiento, desprecio y odio.

En cuanto al nombre citado por Minassian, Elliot Rodger, se trata de otro terrorista incel que cometió su crimen en el año 2014, una especie de mártir para la comunidad incel, como se deduce del empleo del apelativo «grandioso caballero» para referirse a él. Tras su propio ataque, Minassian era también reverenciado por buena parte de la comunidad incel, aunque el resto de la misma manifestaba sus quejas respecto a que no hubiera hecho mucho más. No reproduciré ninguno de dichos mensajes por motivos evidentes.

No obstante, si Minassian prácticamente había anunciado su ataque en redes y ya existían varios precedentes ¿cómo es que no se le detuvo a tiempo? ¿Cómo es que este no es un problema al que se le dedica más atención? En buena parte es debido a que la sociedad no los percibe como un peligro real, precisamente por la visión hipermasculinizada imperante. Sin darnos cuenta, despreciamos el papel que puede jugar un individuo aislado con las características comentadas, no le damos la importancia que deberíamos, no se percibe como un peligro real. Además, los grupos incel tienden (como muchos otros grupos violentos, véase ISIS) a atribuirse los ataques con lo que se sienten identificados, incluso cuando la autoría es desconocida, por lo que al no ser un grupo verdaderamente organizado se les menosprecia en cuanto a la amenaza que pueden suponer.

Encontrar alguna de estas comunidades no es complicado, y aunque por suerte ya se han cerrado varias a fin de limitar el poder que la retroalimentación de dichas ideas tiene en estos hombres, nuevos grupos online surgen a diario para substituir a los desaparecidos. Si entráramos en alguno, veríamos que mensajes como los de Minassian y Rodger no son precisamente minoría, y puesto que la mayoría nunca pasan de meras amenazas y fantasías, identificar a los potenciales asesinos para intervenir se torna en una tarea realmente complicada. En muchos de estos textos vemos que, tras un tiempo de pertenencia a la comunidad, los mensajes pasan de expresar su deseo de mantener relaciones con mujeres a también manifestar querer dañarlas, humillarlas, agredirlas, controlarlas y vengarse de ellas. Una petición recurrente es el deseo de que los roles de género reviertan a como eran previamente, relegando a las mujeres a las tareas del hogar y a satisfacer los deseos de «sus hombres», justificando la violencia de género con la creencia de que mediante ella lo lograrían. Estos deseos, me temo, no son algo único de los incel y de hecho podemos encontrar un número alarmante de individuos que manifiestan demandas similares.

Otros en cambio, consideran que lograr tal objetivo es imposible a día de hoy y prefieren «conformarse» con infringirles daño psicológico, acosarlas en redes y en las calles, hacerles chantaje hackeando sus archivos privados, etc. Y a pesar de estos comportamiento, los incel campan a sus anchas por las redes, poseyendo especial fuerza en EE.UU., donde las fuerzas policiales no pueden hacer nada pues les protege el derecho a la libertad de expresión, otorgado por la famosa 1ª Enmienda.

En otro países, como España, esta subcultura no se ha desarrollado tanto como grupo unido, aunque igualmente su forma de pensar sigue cobrando fuerza. La Unión Europea ya ha advertido que tomará cartas en el asunto si las redes sociales no ponen de su parte en combatir este tipo de ideología en sus webs, siendo conscientes que acabará tornándose un problema si su crecimiento no es detenido. El problema es que cuando intentamos combatir grupos como este, cimentados en el odio, al sentirse atacados se vuelven cada vez más violentos, propagándose como la pólvora y volviéndose volátiles como esta.

Como decía, por cada web, foro o grupo de discusión que se cierra aparecen otros sustituyéndolos, sintiéndose cada vez más predispuestos a sus ataques. De hecho, los primeros foros incel no eran más que lugares que ofrecían apoyo para gente que se sentía sola, incluyendo mujeres. Gente que hablaba de sus problemas, que pedía consejo y quería sentirse comprendida, que quería superar sus problemas al relacionarse. Curiosamente, la primera en usar el término fue de hecho una mujer, una usuaria llamada Alana, actualmente desvinculada del movimiento por razones obvias.

Sobre el porqué de la radicalización de estos individuos, hay quien lo relaciona con el auge de la derecha alternativa, alt-right en inglés, movimiento que recibe su nombre al servir como alternativa de derechas a la política más tradicional y/o conservadora. Y aunque probablemente obedece a una conjunción de varios factores, si es cierto que dicho movimiento político se relaciona íntimamente con las ideas que promulgan los incel. Como ejemplo más flagrante tenemos a Nathan Larson, quién se presentó el año pasado a congresista en el estado de Virginia, siendo un hombre que abiertamente se autoproclama parte del movimiento incel. Entre sus aberrantes propuestas e ideas encontramos que está a favor de la violación, de la segregación racial, del incesto y de la pedofilia. Puede parecer exagerado, pero Larson no oculta, ni mucho menos, su forma de pensar. Puesto que no logró la victoria, su candidatura no pasa por ahora de una desagradable anécdota, pero da que pensar que alguien como él consiguiera apoyos suficientes como para ser considerado candidato.

Otra factor muy a tener en cuenta es que internet ayuda a cimentar movimientos como este, y si bien también ha ayudado a hacer del mundo un lugar mejor y más tolerante (esparciendo igualmente las ideas feministas, por ejemplo), es innegable que sirve para catapultar mensajes de odio como el que nos atañe, perpetuándolos.

Mucho a llovido desde que Alana creara el Alana’s Involuntary Celibacy Projectdescrito en su momento como una comunidad de apoyo muy positiva y esperanzadora. Para escribir estas líneas, he indagado en internet, leído y recopilado mucha información, de la cual he omitido gran cantidad por considerarla innecesariamente explícita y ofensiva. Mensajes cargados de odio y rencor, que reflejan el sentir de individuos convencidos de que la sociedad no les quiere, que no tiene sentido vivir y que, inmersos en un mar desesperanza, están muchas veces a un paso de cometer una atrocidad, sabiendo que les pase lo que les pase sus compañeros incel les van a apoyar y respetar, tal vez a alabar como si de héroes se tratara.

Si queremos evitar que este movimiento crezca y se recrudezca más todavía, deberíamos proteger sobre todo a los más jóvenes, pues siendo como son los adolescentes especialmente permeables a las ideas que confirman sus potenciales sesgos y prejuicios, pueden más fácilmente que nadie acabar siendo atrapados por estas comunidades. Muchos adolescentes se siente frustrados sexual y sentimentalmente, por lo que no nos debería extrañar que, estando como estamos en la era de internet, acaben encontrando foros como los que hemos comentado. En situaciones como esa, cualquier apoyo, por nocivo que sea, puede resultar reconfortante, al sentir que han encontrado gente que comparte y entiende sus problemas y su forma de sentir.

Los estudios al respecto indican que alrededor de un 10% de los miembros de estas comunidades son menores de edad. ¿Qué hacer si identificamos a un adolescente en esta situación, formando parte de grupos semejantes? Podemos hablar con él, darle otros puntos de vista, apoyarle, intentar alentarle para que supere sus prejuicios y sus carencias, a mejorar su vida tanto por él mismo como por quienes le rodean. Hemos de tener muy presente que para ayudarles necesitamos tener claro qué es lo que les ofrecen dichas comunidades, siendo el aspecto más relevante la aparente compresión, por lo que deberíamos estar dispuestos a escucharles, oír que tienen que decir, qué les preocupa, sin limitarnos a criticarles sino también ofreciéndoles alternativas y reforzando sus apoyos sociales, pues necesitamos que se sientan aceptados si queremos que acaben formando parte de la sociedad y se integren plena y saludablemente en ella. Cualquier intento por ayudarles, por banal y fútil que pueda parecer, puede ayudar también a cambiar el mundo a mejor.

 

Fuentes:

A lo largo de mi trabajo como Psicólogo perito he visto casos de muy diversa índole, pero si hay una tipología que se repite más asiduamente es sin duda alguna la de los casos de separación de parejas con hijos. En estos casos la pericial psicológica sirve de ayuda para dirimir que régimen de guarda y custodia se implantará respecto al menor o menores implicados. Concretamente, hoy hablaré sobre los casos de guarda y custodia en que existe un historial previo de violencia familiar.

Primero, será necesario ofrecer un poco de contexto para entender la problemática a la que nos enfrentamos ante este tipo de casos. Debería saber el lector, por ejemplo, que hasta hace unos años existía una clara tendencia general a conceder la custodia de los hijos a la madre, al asumir ante la duda que es esta siempre la que mejor garantías ofrece al menor de estar bien cuidado. Más tarde surge una corriente de pensamiento en jueces y tribunales en la cual se tiende a intentar igualar el derecho de ambos progenitores a ostentar la custodia, si bien se hace en muchas ocasiones de forma forzosa, minimizando a veces situaciones previas de maltrato o la sospecha de que dichos actos se hayan podido dar.

Se llega al extremo incluso de restar credibilidad a las denuncias o quejas hacia el progenitor, tildando actos claramente violentos como meros «conflictos o disputas familiares». Cierto es que no son pocas las ocasiones en que el conflicto es uno en que ambas partes han agredido, amenazado o insultado al otro, pero igualmente cierto es que hay que distinguir dichos casos de aquellos en que una de las partes ha abusado de una situación de poder sobre la otra para actuar con violencia  (de cualquier clase) sobre ella.
Debe entenderse que ninguna de las dos posiciones antes planteadas sería justa, verdaderamente neutral. Por otra parte, también es necesario comprender que la violencia, provenga de quien provenga y tome la forma que tome, afectará a los menores que la vivan, afectándoles negativamente. Por último, destacar que a la hora de la verdad, es una realidad incuestionable que muchos casos de violencia familiar tienen mucho que ver con conductas y actitudes machistas.
Con ello, ha de entenderse que es necesario analizar cada caso en particular, su contexto y circunstancias, si bien siempre tomando las medidas necesarias para, ante la sospecha de potencial violencia, proteger a la víctima y a los menores implicados del peligro. Partimos para ello de la premisa siguiente: Para que un niño o niña pueda desarrollarse de forma adecuada es necesario un entorno familiar seguro, estable y libre de violencia. Esto es así pues sabemos que la única forma de evitar que el menor actué con violencia (o asuma la violencia contra sí mismo/a como algo normal) en un futuro es evitar que crezca en un entorno que favorezca dichas conductas.
Y es que es precisamente la educación machista que muchos individuos recibieron la que explica las más que alarmantes cifras actuales de violencia de género y más concretamente los asesinatos de mujeres a manos de sus parejas. Acrecentando la gravedad de lo anterior, hay que entender que en no pocos de dichos casos hay menores involucrados, quienes son a su vez víctimas, directa o indirectamente. En casos como estos donde los menores corren riesgo, no solo se plantea retirar la custodia de los mismos al progenitor maltratador, sino incluso el régimen de visitas y la patria potestad.
Así, en el punto primero del artículo 544 quinquies de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, encontramos que en aquellos casos en que «se investigue un delito de los mencionados en el artículo 57 del Código Penal (esto es, delitos de homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico), el Juez o Tribunal, cuando resulte necesario al fin de protección de la víctima menor de edad o con la capacidad judicialmente modificada», podrá adoptar las siguientes medidas:
  • a) Suspender la patria potestad de alguno de los progenitores. Pudiendo fijar un régimen de visitas o comunicaciones.
  • b) Suspender la tutela, curatela, guarda o acogimiento.
  • c) Establecer un régimen de supervisión del ejercicio de la patria potestad, tutela o de cualquier otra función tutelar, de protección o apoyo.
  • d) Suspender o modificar el régimen de visitas o comunicación cuando resulte necesario.

En resumen, jueces y tribunales tienen poder para actuar en estos casos según crean necesario, eliminando o modificando las diferentes funciones y derechos de los progenitores o sujetos análogos. En todo caso, se debe entender que deberá primar siempre el interés superior del menor en cualquier decisión judicial, debiendo evitarse que se vea expuesto a otras situaciones peligrosas además de las mencionadas, como serían contextos donde hay presencia de drogadicción, alcoholismo, carácter violento o patologías mentales que por su tipología y gravedad puedan ponerlo en peligro, pudiendo ser las mencionadas situaciones causa suficiente para retirar los regímenes de visitas o incluso la patria potestad.

Para entender el porqué puede el régimen de visitas (y la patria potestad) ser suspendido y modificado por las citadas razones deberemos tener siempre presente que se trata de derechos/deberes que se le reconocen automáticamente al progenitor por el solo hecho de serlo, pero que si este no cumple con su parte, con sus deberes, sin que haya justificación para ello, lógicamente se le retiran sus derechos al respecto. Así por ejemplo, se le podría retirar la patria potestad a un padre que maltrate a sus hijos, así como a otro que sin ser maltratador no cumpla el régimen de visitas y/o no pague la pensión de alimentos que se estableció.

En relación a lo anterior, la custodia compartida no podrá ser adoptada en aquellos casos en que exista un proceso penal contra uno de los progenitores, siempre que dicho proceso sea por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos que convivieran con ambos, al igual que tampoco será admisible cuando existan indicios fundados de violencia doméstica.

Como vemos, la tendencia actual a buscar «el mayor bien del menor» evitándole peligros potenciales es bien distinta de los planteamientos de los que hablábamos al principio del texto. Esta nueva línea de pensamiento busca evitar situaciones en las que un potencial maltratador tuviera acceso a los hijos, cosa que previamente sucedía incluso cuando este tenía prohibido acercarse a la madre.

Esta  nueva orientación judicial ayudará, sin duda,  a evitar situaciones tan absurdas como que un maltratador o un presunto maltratador, tenga una orden de alejamiento con la madre, pero no respecto de sus hijos, además de representar un gran avance en la lucha contra la lacra social que es la violencia de género. No obstante, no siempre está claro cuando existe un riesgo real para los menores, pues el maltrato y negligencias perpetrados por parte de uno de los progenitores no siempre es evidente.

Podría darse el caso de que uno de los dos acuse al otro de haberle amenazado de muerte sistemáticamente delante de su hijo/a durante mucho tiempo. En este caso, un ejemplo de muchos, seguramente no existan pruebas materiales que corroboren la existencia de dichas amenazas, pero debe entenderse que si estas sucedieron peligrará la salud física y mental de la víctima del maltrato verbal y la del menor implicado. En el caso de este último, su desarrollo emocional podría verse gravemente afectado, interiorizando además dichas conductas violentas.

Sin embargo, como debe respetarse la presunción de inocencia, evitando que las acusaciones falsas proliferen y tergiversen el sistema, se intenta siempre esclarecer todo lo posible esta clase de asuntos antes de emitir una sentencia definitiva. En casos como el mencionado, se recurre habitualmente a la pericial psicológica, que entre otras cosas puede dirimir el grado de credibilidad de las acusaciones, así como la afectación psicológica, si la hubiere, tanto de la víctima como de los menores implicados. De las pruebas psicológicas, se obtienen unos resultados con los que se confecciona un informe que debe responder, indicando el grado de confianza de las conclusiones, a las cuestiones que se plantearon.

 

Fuentes:

Patria potestad, guarda y custodia y régimen de visitas en casos de maltrato o violencia doméstica, por Serveis Jurídics Muñoz&Aboal.

El pasado día 8 se celebró el Día Internacional de la Mujer, celebrándose múltiples manifestaciones cuyo objeto era declamar que todavía hoy existen notables diferencias en la forma en que la sociedad trata a mujeres y hombres, favoreciendo en general a estos últimos. Dichas manifestaciones congregaron a una cantidad de gente importante, lo que dice mucho acerca de las necesidades que aún hoy tenemos en este aspecto y que la sociedad demanda solventar. Igualmente, ese día las redes se inundaron con las opiniones de unos y otros al respecto, pero aunque se seguirán hablando de estos temas seguramente hasta tiempo después que logremos solucionarlos, los derechos de la mujer no deberían reivindicarse un solo día. Por ello, quisiera hablar sobre algunos aspectos de mi área de conocimiento, la psicología jurídica, en relación a como trata la justicia a las mujeres en general y a las víctimas de violencia de género en particular.

Manifestación por el día internacional de la mujer de 1917 en Petrogrado (hoy San Petersburgo)

Hace ya unos años el grupo de expertos en Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) elaboró una guía con la que pretendía aclarar ciertos aspectos de estos casos que parecían generar confusión o tener tendencia a ser malinterpretados por diversos motivos. Entre otras aclaraciones, los expertos contaban que ante casos de violencia contra la mujer, cuando hubiere hijos fruto de la relación, el agresor jamás debería poder compartir dicha custodia.

Sin ir más lejos, el artículo 92.7 del código Civil dice textualmente que “No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el Juez advierta (…) la existencia de indicios fundados de violencia doméstica”.

En relación a lo anterior, a veces se alega para que pueda darse dicha custodia compartida, que el menor está siendo afectado por el “síndrome de alienación parental” o SAP, el cual cabría recordar que ni tiene, ni tuvo nunca base científica alguna. Este mal llamado síndrome es, por tanto, poco más que un estereotipo pernicioso, cuyos pretendidos síntomas pueden explicarse mejor de muchas otras formas.

Pese a ello, aún hoy día resulta muy común que en el objeto de una pericial se nos demande que determinemos si existe o no el SAP en el caso en cuestión. Resulta fácil pues contestar a esta pregunta, si bien habremos de entender que lo que en realidad se nos solicita es que determinemos si alguno de los progenitores está influyendo negativamente al menor, poniéndolo consciente o inconscientemente en contra del otro sin que haya ninguna base racional para ello.

Por si todo lo anterior fuera poco, el tribunal Supremo fijó en su día doctrina respecto a este tema, estableciendo que “la adopción de una guardia y custodia no depende del informe favorable del fiscal sino de la valoración que merezca al juez la adecuación de una medida u otra en base al interés del menor.”

Pese a ello, no es raro encontrarse que en la vista de un juicio se pregunta, viniera indicado este tema en el objeto de la pericial o no, si podría existir en dicho caso el SAP. Me temo que se trata de uno de esos mitos que se perpetúan  pese a que nunca tuvieron fundamento, como aquel que dice que solamente usamos un 10% de nuestro cerebro o que las vacunas provocan autismo. Mitos que a la larga se convierten en mentiras dañinas.

El SAP en concreto, supone un intento de minimizar, de restarle importancia a la violencia que se ejerce sobre las mujeres y a otra clase de conductas machistas más sutiles. Por ello, simplemente aceptar que se enarbole este argumento como una posible razón a tener en cuenta en un procedimiento de guarda y custodia supondría vulnerar los derechos de los menores, exponiéndolos al daño del que supuestamente las instituciones legales deberían estar protegiéndolos.

Bueno, ¿y entonces de dónde viene este síndrome? Por supuesto que no surge de la nada, sino que fue creado por un médico en 1985, precisamente cuando se encontraba en pleno litigio por la custodia de sus hijos. El médico, llamado Richard Gardner, argumentaba que la madre alienaba a sus hijos y que durante el tiempo que estos pasaban con ella, la mujer los condicionaba poniéndolos en su contra, por lo que consideraba que debía ser él quien detentara la custodia. Y no solo eso, pues añadía a su razonamiento y peticiones que debería ordenarse un tratamiento para solucionar la situación. Al escuchar esta historia uno podría preguntarse qué pruebas aportó el médico para sostener su causa, pero la verdad es que no fue capaz de aportar nada más allá de su opinión e impresiones personales.

Tras este evento, y por mucho que algunos se empecinaron en ello, no se encontró nunca pruebas que lo apoyaran. En concreto, Gardner basó su vida profesional casi completamente en el SAP, recomendando como supuesto experto que en los casos de abuso sexual infantil, a los que consideraba una histeria colectiva, sería recomendable dar la guarda y custodia al presunto abusador.

Así pues, el SAP nunca ha llegado a ser reconocido por ninguna asociación profesional ni científica, siendo rechazado por todos los sistemas diagnósticos reconocidos, como el DSM o el CIE en sus diversas revisiones. La propia Asociación Americana de Psicología (APA) decía al respecto que “no existe ninguna evidencia científica que avale este supuesto síndrome”.

Según las investigaciones, la realidad tras el rechazo de algunos menores frente a las visitas del progenitor no custodio suelen poder ser explicado mejor por la propia ansiedad que padece el menor tras la separación, por la ausencia del progenitor custodio o por la existencia de violencia previa contra él o contra la madre. Así pues, atribuir por defecto dicha aversión a una manipulación por parte de la progenitora en base al supuesto síndrome, no es sino aplicar una teoría pseudocientífica.

Recordemos, no obstante, que no es lo mismo un caso donde ambos progenitores parten de las mismas condiciones pero el menor o los menores manifiestan su preferencia de estar con uno de ellos, que aquellos casos en que hay indicios de violencia de género o contra los propios menores. En los primeros, muchas veces se decide en contra de la voluntad del menor, por ejemplo cuando este es demasiado pequeño para entender la situación, pero siempre buscando el mayor beneficio para él o ella. Por ello mismo, en los segundos no debería caber posibilidad de compartir la custodia.

Y es que durante todo el proceso judicial, inclusive al fijar las medidas de custodia y visitas, se buscará siempre “preservar y garantizar la integridad tanto física como psíquica del menor”. Por ello, en casos donde se encuentren los citados indicios de violencia, debería realizarse un informe pericial acerca de la idoneidad de que los menores tengan contacto con el progenitor agresor, por ejemplo en forma de visitas.

Según explicaba la guía de CGPJ, existiría la tendencia en algunas Audiencias Provinciales a exigir que se probara la existencia de ánimo de dominar a la mujer para calificar un delito como de violencia de género. Recordemos, sin embargo, que los expertos en violencia doméstica consideran que es innecesario probar tal eventualidad, ya que por defecto forma parte de este tipo de violencia, al ejercerse esta en el ámbito de la pareja y ser producto de la relación desigual entre ambos sexos, así como de la dominación histórica entre hombres y mujeres.

 

Fuentes:

La custodia compartida no cabe nunca en casos de violencia de género. Visto en Europa Press.

Código Civil.

Síndrome de alienación parental. Información de apoyo extraída de Wikipedia.

 

Existe en la Psicología Forense o Legal un aspecto inherente a su propia naturaleza, y esta la responsabilidad que contrae el psicólogo cuando desempeña su labor en estos contextos, por ejemplo como perito. Debido a esta responsabilidad pero también porque debemos siempre buscar ejercer nuestra profesión lo mejor posible, los peritos deberían realizar sus informes con la máxima calidad posible. Sin embargo existen ciertos errores en esta profesión que se comenten con más asiduidad, sobre todo por los peritos menos experimentados. A continuación me dispongo a comentar cada uno de estos errores, explicar en qué consisten y cómo evitarlos.

Errores metodológicos

Esta primera categoría se refiere al uso de instrumentos, técnicas, herramientas o procedimientos no adecuados al caso o al objetivo de la pericial. En este sentido es obligación del perito preparar las sesiones de evaluación con tiempo, analizando los datos reflejados en la documentación aportada y teniendo en mente lo que se le ha preguntado. Por ejemplo no podemos emplear el mismo modelo de entrevista para un caso de guarda y custodia que para uno de credibilidad. Además, tampoco deberíamos seguir un modelo genérico a rajatabla, pues cada caso tendrá particularidades que harán necesario incluir en la entrevista preguntas más específicas e instrumentos psicométricos distintos. Errores comunes en este área son:

  • Formular preguntas sugeridas: Podemos encontrar entrevistas cuyas preguntas se realizan sugiriendo al evaluado una respuesta concreta, por ejemplo dándole opciones cerradas de respuesta o sugiriendo la contestación buscada en la misma formulación de la cuestión. Por supuesto, esta forma de realizar la entrevista hace que la misma pierda toda validez y por tanto no serviría de nada. El formato más apropiado y que ofrece más garantías de validez y fiabilidad es el de entrevista abierta que incluya la revisión de detalles contextuales, para así esclarecer puntos no abordados de forma espontánea por el evaluado.
  • Emplear técnicas sugerentes o no apropiadas: Al igual que la entrevista realizada puede estar sesgada, así mismo lo podrían estar las pruebas usadas. Y es que aunque se presuponga que las pruebas, sobre todo las psicométricas, están ya diseñadas para ser válidas y fiables, la realidad es que cada una de ellas está pensada para un uso contextual concreto. Así, una prueba de personalidad que no posea baremos para población forense no podría ser aplicada en estos casos.
  • Sesiones de evaluación excesivamente largas: Sumando las entrevistas, las pruebas psicométricas y las de otro tipo, puede ocurrir que las sesiones de evaluación se prolonguen demasiado pudiendo causar cansancio y fatiga tanto en el evaluado como en el evaluador, lo que por supuesto afectaría a la validez de la pericial en su conjunto. Será pues necesario realizar las pausas apropiadas, repartiendo las pruebas en diversas sesiones si fuera necesario, permaneciendo atentos por si aparece el agotamiento. Una persona cansada pierde motivación, busca terminar rápido, presenta dificultades para atender y por ello cometerá errores más frecuentemente.
  • Recabar más información de la necesaria: A veces sucede que no solo se evalúa a la persona a lo largo de una sesión especialmente larga, sino que el perito lo hace para recabar datos que en realidad siquiera eran relevantes. En estos casos nos encontraríamos con preguntas que ahondan en detalles superfluos para las cuestiones periciales planteadas, pero que pueden llegar a causar sufrimiento en la persona evaluada. Por ello es muy importante tener muy claro el objetivo perseguido e indagar solamente en aquellos temas que de forma directa o indirecta tengan relevancia respecto a este.
  • No mantener la neutralidad: Este error aparece cuando el perito se posiciona sin darse cuenta a favor de una de las partes por motivos personales. Hay que tener en cuenta que es bastante habitual que en este contexto los evaluados respondan buscando la simpatía y aprobación del perito, pudiendo llegar a simular síntomas coherentes con la situación psicológica que se le presupone. Por eso es especialmente importante que el psicólogo, como profesional que se supone que es, mantenga su neutralidad y utilice para sus conclusiones datos psicológicos y de otro tipo, pero nunca valoraciones personales. Esto además incluye recabar toda la información necesaria, independientemente de que la primera impresión que tenga el perito ya parezca indicar cual será la conclusión.
  • Redactar un informe excesivamente largo o corto: Quienes han de leer el informe no necesariamente poseen formación en psicología, por lo que resulta necesario que todo el texto se entienda sin requerir dichos conocimientos, contestando a las preguntas planteadas de forma clara. Así pues requerimos un informe suficientemente extenso como para que todo quede bien explicado y relacionado, pero a la vez bastante conciso como para que el lector no tenga que esforzarse en distinguir qué información es verdaderamente relevante y cual no.
  • Redactar un informe blindado: A veces ocurre que los datos y técnicas usados para llegar a las conclusiones siquiera figuran en el informe. Lógicamente, el perito no puede explicar en profundidad porqué usa esta o aquella prueba o el significado exacto de cada puntuación obtenida en las pruebas psicométricas, pero una retahíla de datos sin explicación ninguna dará como resultado un texto ininteligible. Así, se podría llegar incluso al caso en que ni otro expertos en psicología puedan entender cómo se relacionan con las conclusiones, bien por ser extremadamente someros, bien por falta de rigor metodológico.
  • No estudiar el expediente judicial: Dicho lo anterior, tampoco podemos rehuir la información que nos facilita la documentación del caso, pues tendremos que profundizar en ella tanto antes como después de realizar nuestras pruebas, tomando buena nota de todo dato que pueda ser relevante, eligiendo las pruebas a administrar en consonancia, y teniéndola en cuenta para contrastar los resultados obtenidos que nos lleven finalmente a las conclusiones.
  • El evaluador habla más que el evaluado: También puede ocurrir que el perito, en su afán por obtener información que sí sea válida, sobre explique cada cuestión y eventualidad, llegando a pasar más tiempo hablando que la propia persona evaluada. Para obtener dicha información, lo mejor que podemos hacer es escuchar, ser pacientes y saber crear un clima propicio para que la persona confíe en nosotros, si bien hay queevitar que precisamente por buscar ese clima hablemos más de la cuenta, restándole tiempo al interlocutor.
  • No respetar el ritmo emocional: En relación directa con el anterior estaría este error, consistente en que el perito no permite al evaluado detener su discurso cuando este se ve afectado por sus emociones, lo cual sucede a menudo sobre todo si hablamos con supuestas víctimas de abuso o agresión, o si estamos evaluando a menores, quienes lógicamente presentan a veces dificultades para entender la importancia del proceso en el que están inmersos.
  • No saber crear un clima propicio: Como vemos, resulta vital crear un ambiente en el que el evaluado se sienta escuchado y entendido, viendo sus opiniones respetadas hasta el punto en que aunque el perito no necesariamente las comparta, actúe igualmente de forma profesional y neutra. Cuando uno no es capaz de crear este ambiente y transmitir confianza, invalida la prueba, ya que seguramente no obtendremos suficientes datos y los que sí se obtengamos podrían estar sesgados.

Errores de interpretación

Este apartado se refiere a errores que puede cometer el perito, pero no en cuanto al uso de técnicas inadecuadas o mal empleadas, sino a los que se dan en la propia interpretación de los datos recabados de las distintas fuentes. Esta interpretación errada puede aparecer por el efecto de diversos tipos de sesgos, como lo son los prejuicios o creencias que tenga el perito y que deben ser evitados a toda cosa pues impiden la neutralidad que se le presupone como profesional.

  • Errores de atribución: Se refieren a la tendencia a atribuir patologías a los maltratadores o agresores cuando existe un cuadro de violencia grave, buscando justificar que una persona mentalmente sana pueda cometer ciertos actos. Igualmente cuando se trata de un caso de violencia que se da de forma puntual, se tienden a buscar causas que afectasen al sujeto de forma momentánea, como el consumo de sustancias. A la hora de la verdad, hemos de tener claro que en este tipo de casos partimos de una situación de ignorancia en cuanto al contexto y que nuestro deber como peritos es indagar, explorar y averiguar los detalles del suceso, así como el estado mental de los intervinientes, para así poder deducir en que modo se encontraban afectados en el momento de los hechos.
  • Error de Otelo: Llamado así por la obra de Shakespeare, se refiere a los errores de incredulidad. Este tipo de situaciones se dan cuando el evaluador interpreta que una persona está mintiendo cuando en realidad no lo hace, y todo ello por presentar afectación fisiológica o emocional al narrar los hechos. Hay que tener siempre presente que dichos síntomas pueden darse simplemente por el contexto, el cual somete a mucha presión a los evaluados, así como al tener que rememorar experiencias traumáticas.
  • No tener en cuenta la posible simulación: El caso contrario al anterior, sucede cuando el perito evalúa tal y como lo haría en un contexto clínico o de terapia, es decir, como si estuviera evaluando sujetos de la población general. Y es que hay que tener muy presente que en los contextos judiciales es relativamente frecuente que los evaluados busquen simular síntomas, buscando que el perito llegue a conclusiones que les favorezcan. Por ello hay que estar especialmente atentos por si se da esta circunstancia.

 

No obstante, el perito no es la única fuente de error en relación a la interpretación de los datos, y es que la propia persona evaluada puede consciente o inconscientemente crear sesgos que afecten a los resultados. Sin embargo es igualmente responsabilidad del perito el tener estos aspectos en cuenta:

  • No tener en cuenta la personalidad del evaluado: Las personas evaluadas tienen su propia forma de ser, estilo cognitivo, estilo de comunicación, motivaciones y condicionantes situacionales, los cuales pueden influir en la evaluación. Un claro ejemplo es el del evaluado que evita activamente hablar sobre ciertos temas. En este caso el perito deberá insistir y añadir a las preguntas una nueva «¿Por qué oculta información?» Vergüenza, intentos de ocultación, proteger a alguien, evitar revivir el trauma, son solo algunas de las muchas opciones, debiendo valorarse cual será la correcta en cada caso.
  • No tener en cuenta los propios errores de atribución de la víctima: En aquellos casos en que existe una víctima, se puede dar el caso que por los propios prejuicios, costumbres o cultura de la misma, esté minimizando o incluso omitiendo sin saberlo, información relativa a los malos tratos. Esto sucederá cuando la persona considere estos actos o actitudes como habituales y normalizadas en su entorno socio-cultural.

Errores en las conclusiones

Los errores que hemos comentado hasta ahora se refieren sobre todo al momento de la evaluación en sí misma, pero también existen una serie de errores que se dan a la hora de emitir las conclusiones. Pueden por ejemplo cometerse a la hora de emitir un diagnóstico psicológico que las sustente:

  • Confundir las consecuencias del abuso, maltrato o negligencia con características propias de la víctima: En este caso se interpreta la sintomatología derivada de una agresión con aspectos que pertenecerían a la propia personalidad del individuo. Para evitar confundir estas dos eventualidades, es vital conocer en profundidad los mitos y realidades de las distintas clases de casos legales susceptibles de requerir una pericial psicológica.
  • Asumir que la víctima o el agresor han de ajustarse obligatoriamente a un perfil concreto: Por supuesto que existen características psicológicas más comunes para cada tipo de caso, y que en base a ellos se elaboran perfiles esperables sobre los que trabajar, pero eso no implica que cada víctima o agresor deba ajustarse a ellos completamente. Por ejemplo, las secuelas sufridas serán de un tipo y severidad diferentes según la duración, frecuencia e intensidad de las agresiones sufridas, además de depender de muchas más variables.
  • Llegar a conclusiones sesgadas: En relación con lo anterior, puede suceder que se llegue a conclusiones erradas al interpretar los datos en base a una impresión previa al análisis profundo de estos, por lo que se estaría incurriendo en un sesgo confirmatorio. Este tipo de sesgos se da cuando el evaluador ha establecido, conscientemente o no, una hipótesis inicial y a partir de ahí actúa buscando confirmarla. En estos casos el perito puede estar realizando una entrevista e incluso pruebas seleccionadas con esta idea en mente, sin tener en cuenta la información que la contradice o bien justificándola sin tener en cuenta las posibles hipótesis alternativas. Existen algunos casos especialmente sensibles a este tipo de sesgo, por ejemplo aquellos en los que se presupone la existencia de una víctima (por ejemplo de abuso sexual o de violencia), casos especialmente sensibles y en los que deberos actuar con la máxima profesionalidad y neutralidad.
  • Asumir como correctas conclusiones ajenas: Decíamos que hay que evitar dejarse llevar por impresiones y basarse en cambio en los hechos y en los aspectos psicológicos, que es lo que nos atañe. No obstante, no es nada extraño encontrar entre la documentación del caso otros informes o pruebas, como por ejemplo los de carácter médico. Puesto que resultará inevitable leer estas informaciones, habrá que tener en cuenta que podemos tratarlas como fuentes de datos adicionales, pero una vez debemos evitar caer en la trampa de dar por buena una hipótesis que no tenga como núcleo nuestras propias averiguaciones. Además, hay que estar muy atentos a estos otros informes, pues pueden haber sido realizados hace tiempo o en condiciones que no resulten apropiadas para las cuestiones que a nosotros se nos han pedido.
  • Llegar a conclusiones sin pruebas suficientes: También se puede dar el caso de que el perito realice un informe, que bien por verse afectado por un sesgo como antes decíamos, bien por no haber recabado información suficiente como para aclarar todos los puntos necesarios, llegue a conclusiones sin tener datos suficientes para ello. Podría darse incluso el caso en que se llegue a una conclusión concreta a pesar de existir datos que la contradigan, sin darse el perito cuenta de ello o directamente ignorándolos pues considera que son menos relevantes que otros que sí confirman la hipótesis que cree acertada.
  • No explicar las conclusiones: Tan importante como llegar a conclusiones fundamentadas es explicar esos mismos fundamentos en el informe. Hay que tener en cuenta que aunque el perito, quien se supone posee conocimientos técnicos que el resto de intervinientes en el proceso no, puede ver muy claro como los datos obtenidos llevan a las conclusiones que quedan apuntadas en el informe, dicho razonamiento debe quedar igualmente reflejado. Aparentemente los datos pueden parecer irrelevantes al caso, presentar detalles y matices que no aparecen en el informe propiamente dicho, o bien carecer de un nexo claro que establezca un efecto de causa y consecuencia entre ellos y las conclusiones.
  • No contestar a las preguntas planteadas: Lo anterior se puede llevar al extremo cuando el perito ya no es solo que aporte información irrelevante, sino que directamente no contesta siquiera a lo que se le había pedido. Puede suceder que encontrando datos que le parecen importantes al caso, enfoque el informe a esclarecer estos olvidándose de la pregunta inicial que se le planteó, la cual independientemente de los demás factores y circunstancias debería quedar siempre respondida y aclarada, pues ese es el fin último del informe pericial.
  • Concluir que no se puede concluir nada: Puede pasar que un perito, bien por no sentirse capacitado para el trabajo, por inexperiencia o por encontrarse con un caso especialmente difícil, se muestre extremadamente prudente a la hora de llegar a las conclusiones. Se ve desbordado por las dudas y por muchas vueltas que le da a los datos recabados y a las demás pruebas no lo ve claro. Si bien en contadas ocasiones puede ocurrir que no se puede concluir de forma que las preguntadas planteadas queden totalmente respondidas, en la mayor parte de casos en los que el perito no vea clara la respuesta, simplemente tendrá que analizar los datos más en profundidad o practicar más pruebas a los evaluados si es necesario, pero buscando siempre cumplir con su deber mientras haya posibilidad de ello.

Por último, si bien lo trataré específicamente en futuras entradas, no hay que olvidar los errores que pueden producirse en las propias instancias judiciales, al solicitarse informes periciales cuyos objetivos son irrealizables o no quedan claros. Así, por ejemplo nos podríamos encontrar con cuestiones como «perfil de la víctima», «perfil del agresor», «existencia o no de patologías en el agresor/víctima». Finalmente, el que más veces se me ha presentado es en casos acerca del mejor régimen de guarda y custodia en casos de separación o divorcios contenciosos con menores, donde se me solicitaba «informe psicosocial», término tan genérico que en realidad no indica que es lo que se requiere. En estos casos y en cualquier otro donde el perito tenga dudas, será vital aclarar el objeto del informe antes incluso de plantearnos que pruebas y técnicas se usarán.

Estos son algunos de los errores más frecuentes a la hora de realizar informes periciales psicológicos, por lo que hay que estar muy atentos para evitarlos. Recuerda que si tienes alguna duda respecto a esta disciplina de la psicología puedes dejar un comentario en esta misma entrada o contactar conmigo.

 

Bibliografía:

“Errores más corrientes del peritaje escrito”, por Javier Urra y Blanca Vázquez.

«Máster en Psicología Forense», por ISEP.

«El error de Otelo: Coste emocional de la mentira», por Judit Bembibre Serrano y Lorenzo Higueras Cortés.

«Errores mas frecuentes en los peritajes psicológicos sobre malos tratos», por Mónica Di Nibula.

Guía de buenas prácticas para la evaluación psicológica forense y la práctica pericial 2014.

«Evaluaciones Psicológico-Forenses en asuntos de Violencia de Género. Errores habituales y propuestas de mejora» por Laura Fátima Asensi Pérez y Miguel Díez Jorro.

A principios de año se celebraba en Manhattan un proceso judicial que tenía por objeto resolver de una vez el misterio que atañe a Etan Patz, el niño de seis años que desapareció en 1979. En dicho juicio se le realizaron al acusado diversas preguntas, algunas aparentemente extrañas como “¿Tiene problemas para comunicarse con otros planetas?”,  “¿Tiene sensaciones físicas extrañas que solamente ocurren los jueves?” o “¿Alguna vez ha sentido que la gente le seguía? ¿Le entró hambre en esas ocasiones?”

Desde luego estas preguntas pueden parecer extrañas a alguien ajeno a este tipo de procesos y cierto es que lo más habitual es que estas versen sobre dónde estuvo la persona en un momento dado, con qué propósito, qué es lo que vio, etc. La diferencia es que en este juicio se le está preguntando a alguien que supuestamente sufre de un trastorno mental severo y es que estas son el tipo de cuestiones que un psicólogo forense formula para determinar si dicha enfermedad existe o si se está fingiendo.

Uno podría pensar que quien padeciese un trastorno mental podría contestar que efectivamente se siente extraño los jueves o que le entra hambre cuando cree que le están persiguiendo, pero la realidad es muy distinta ya que responder afirmativamente a lo anterior es indicio de que está fingiendo.

Y es que no es fácil lidiar con el “malingering”, término anglosajón de difícil traducción que designa el fingimiento o simulación de síntomas con ánimo de obtener algún tipo de beneficio como pueden ser la atención, ayudas sociales o en este caso obtener la atenuación o incluso la anulación de una sentencia penal. Intervenir en estos casos es una de las tareas de los psicólogos forenses, quienes deben ser conocedores de los procesos mentales que sufren quienes padecen un auténtico trastorno y por tanto también de detectar quienes los imitan.

La simulación es un factor a tener muy en cuenta en casos como el mencionado anteriormente, el relativo al asesinato de Etan Patz. En él, el acusado era Pedro Hernández de 56 años, a quién se le suponía el asesinato en primer grado del menor desaparecido en 1979. Ya en su época fue un caso especialmente mediático, hasta el punto de ser uno de los primeros niños en aparecer su foto en aquellos cartones de leche que tantas veces hemos visto en películas americanas, y declarándose el día de su desaparición como el Día Nacional de los Menores Desaparecidos en E.E.U.U.

El caso quedó sin resolver y sin novedades hasta que en 2012 Hernández fue arrestado y el susodicho le contó a la policía que fue él quien atrajo a Etan hasta un sótano en el SoHo (NY), donde lo estranguló. Luego se deshizo del cuerpo, el cual nunca ha sido recuperado.

Este tipo de juicios nunca son fáciles y este no iba a ser la excepción. Y es que los abogados de Hernández argumentan que su confesión era en realidad falsa. Su defensa se sustenta en testigos que explican que el acusado posee un cociente intelectual bastante bajo y un trastorno que le impide distinguir lo que le sucede de lo que imagina. La acusación por su parte, considera que dichos argumentos no se sostienen y que simula los mencionados síntomas para evitar la condena por los crímenes cometidos.

Por desgracia, este tipo de disputa en casos similares es bastante común, siendo la defensa en base a un supuesto trastorno mental un recurso relativamente habitual, con lo que se requiere de la intervención de peritos psicólogos expertos para que determinen si dicho trastorno existe o si se trata de una simulación.

Sería el caso de James Holmes, el asesino conocido por haber perpetrado la masacre de Colorado en 2012, suceso en el que entró armado a un cine en el cual se proyectaba una película de Batman, disfrazado como un personaje de los cómics por lo que se le dio el sobrenombre de “El Joker”. Holmes fue sometido a diversas pruebas cuyo fin era precisamente determinar si sufría de una esquizofrenia u otro trastorno que le impidiese ser consciente de sus actos y las consecuencias de estos. Finalmente se determinó que sufría un trastorno esquizoafectivo y que si bien este puede alterar la percepción de la realidad este no era el caso de Holmes en el momento de cometer el crimen. Finalmente el jurado determinó que pese a existir un posible atenuante psicológico, los agravantes eran demasiado importantes y cuantiosos como para ignorarlos, por lo que se le condenó a cadena perpetua.

También tuvo mucha repercusión el caso el autodenominado “Hijo de Sam”, el asesino en serie David Berkowitz, que atacaba a sus presas en las calles de Nueva York. En su respectivo juicio David dijo haber actuado siguiendo las órdenes del perro de su vecino, mediante el cual se comunicaba con él el mismísimo demonio. En este caso no se encontró ningún trastorno que pudiera impedir a David ser consciente de sus actos y de hecho tiempo después se retractaría de lo dicho, confesando que todo fue un fraude ideado para atenuar la pena impuesta.

 

Pudiera parecer con lo dicho que los peritos casi siempre encuentran que el presunto trastorno es fingido, pero en realidad no es extraño encontrar que sí existe una enfermedad mental real que afecta al juicio del acusado. Sería el caso por ejemplo de Justin Barkley, quién mató a disparos a un repartidor de correo, convencido de que este era en realidad Donald Trump. Tras ser evaluado por diversos psicólogos, estos concluyeron que la percepción de Justin estaba suficientemente alterada como para no ser consciente de sus actos.

Pero volviendo al tema con el que empezamos ¿cómo determinan los peritos si alguien finge un trastorno o lo sufre? Las preguntas antes mencionadas son una muestra de las que forman diversos cuestionarios y entrevistas especializados en detectar síntomas y discernirlos de los fingidos. Para distinguir al mentiroso se tiene en cuenta que se necesitaría un conocimiento extenso de psicopatología en general y del trastorno que se finge sufrir en particular, además de unas dotes actorales notables. El hecho es que la gran mayoría de gente que finge una enfermedad mental actúa irracionalmente y mostrando síntomas evidentes, pero los trastornos reales afectan a la persona de forma muy distinta.

Para empezar no son aleatorios, pues siguen un orden y taxonomía claros, con síntomas presentes en grado diversos y cada uno afectando de una manera a las esferas de la vida del individuo. Por ello las preguntas que se le formulan al acusado buscan conductas, actitudes o creencias que no sean coherentes con los síntomas en teoría detectados, por ejemplo la aparición conjunta de dos o más de dichos síntomas que no deberían normalmente tener relación alguna.

Por ello es que se formulan preguntas como la ya mencionada “¿Alguna vez ha sentido que la gente le seguía? ¿Le entró hambre en esas ocasiones?” y otras cuya intención es similar aunque son mucho menos evidentes.

Sin embargo, esta no es la única táctica utilizada en estas evaluaciones y también se buscan síntomas que toman una forma poco común entre la gente afectada por un trastorno, como por ejemplo responder que sí a la pregunta “¿Tiene problemas para comunicarse con otros planetas?”. Tal pensamiento es, efectivamente, una idea delirante, pero no obstante es una muy poco común por lo que debería poner en alerta al perito.

Entrando un poco en detalle en lo anterior, los delirios normalmente poseen alguna conexión con la vida del individuo y por tanto deben ser coherentes con esta. Por tanto, un pensamiento como el anterior puede aparecer, pero es raro que lo haga sin eventos personales que lo justifiquen. Hoy en día por ejemplo, un delirio probable sería creer que los terroristas yihadistas quieren dañar al sujeto o conspiran contra él, o quizás estar convencido de que uno mismo es elegido por dicho grupo para cometer algún ataque, sin haber sido realmente contactado por ellos. Se trata pues de ideas irreales, pero siempre conectadas de algún modo a la realidad contextual del sujeto.

Otro dato que se tiene en cuenta es la cantidad de síntomas presentes en la persona, pues a partir de cierta cantidad es más que probable que sean simulados. La psicóloga forense Tali Walters ponía como ejemplo de esto un caso en que le preguntó al evaluado qué comida echaba a faltar más al estar en prisión, a lo que este contestó “El pepperoni y la comida para gatos”. Aunque esto de por sí no evidencia la falsedad o veracidad de su testimonio, es otra señal que puede indicar simulación ya que se trata de un gusto, una conducta, verdaderamente extraños y no relacionados ni habituales en ningún sentido en personas que sufren de trastornos mentales, ya que no encaja en un patrón típico de ninguna enfermedad mental conocida.

Un dato relevante que añade Walters a su historia es que el acusado la miró sin vacilar cuando le dijo que comía pienso para gatos habitualmente. Relevante ya que en realidad la mayor parte de los afectados por trastornos mentales son conscientes de que sus pensamientos y conductas no son normales, o al menos no son bien vistos o aceptados por la sociedad en general, por lo que cuando hacen afirmaciones como esta lo habitual es que titubeen un poco, se avergüencen o quieran evadir el tema.

Por tanto, para poder simular efectivamente un trastorno se necesita un conocimiento profundo de su funcionamiento, síntomas y efectos, es decir en qué manera e intensidad cambia la conducta del individuo que lo sufre. Puede ocurrir que el sujeto tenga formación en psicopatología o psiquiatría, en cuyo caso habrá que tenerlo en cuenta a la hora de realizar las pruebas periciales.

En cuanto a este último aspecto y también para salir de dudas en los casos más complejos, a veces es necesario el uso de pruebas más exhaustivas aplicadas junto a la observación continuada durante un tiempo prolongado (días o incluso semanas). Esta estrategia, que puede parecer simple, es realmente efectiva por el simple hecho de que nadie puede simular un trastorno las veinticuatro horas del día, ya que resulta mentalmente agotador.

Por supuesto, no hay que olvidar el estudio y análisis del historial del sujeto previo a la comisión del crimen. Lógicamente, si existe un trastorno que afectase a las acciones del sujeto este ha de estar presente desde antes del suceso, no solamente después. Por ello es importante revisar la documentación médica y entrevistar a sus conocidos.

Y en cuanto a los casos más complejos o difíciles, no es raro que se pida a varios especialistas que evalúen conjuntamente a los acusados para que sus conclusiones sean más seguras. A veces como en el caso de Pedro Hernández y pese a haber sido detenido en 2012, las deliberaciones se prolongaron hasta principios de este año, concluyéndose finalmente que aunque sufre de un trastorno de personalidad esquizotípica este no afectó a su capacidad de juicio y que por tanto era perfectamente consciente de lo que hacía.

No nos ha de extrañar esta conclusión, pues el deber del perito no es solo determinar si existe o no un trastorno, sino si este puede afectar a la percepción y consciencia del sujeto y además si dicha alteración era sufrida en el exacto momento de la comisión del crimen, pues la mayor parte de las afecciones mentales no merman la capacidad del sujeto de forma permanente y continuada.

 

Fuentes:

MacMillan. How Psychologists Determine Whether Someone Is Faking Insanity. Science of Us; 2017.

Garrido. Perfiles criminales: Un recorrido por el lado oscuro del ser humano. Barcelona: Editorial Planeta; 2012.