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Bienvenidos y bienvenidas a esta segunda parte de la guía del perito psicólogo, en la que hablaremos sobre la cámara Gesell. Esta habitación, pues eso es de lo que se trata la susodicha cámara, tiene múltiples usos en psicología, por lo que con suerte los y las peritos que pudieran leer esto ya estarán al menos algo familiarizados con ella. En todo caso, decir que se trata de una estancia acondicionada para permitir a observadores externos a la misma, percibir lo que sucede dentro de ella sin que aquellos en su interior puedan verlos. Efectivamente, es una de esas habitaciones que tanto vemos en las ficciones policíacas, por lo que no os extrañará cuando os diga que presenta diversos usos en el ámbito de la criminología.

Por tanto, se compone de dos secciones diferenciados, separados por el famoso vidrio de visión unilateral, estando ambas comunicadas por equipos de audio y video para la grabación de lo que allí sucede y para poder comunicarse entre una estancia y otra. Su inventor, Arnold Gesell, la ideó para mejorar la manera en que se observaba a los niños y niñas durante experimentos psicológicos, pues la presencia de un investigador afecta notablemente la conducta de los sujetos (ej: sesgos de actuación, nervios, expectativas, etc.). En cuanto a su uso en el ámbito jurídico, no solo se usa para separar acusado de testigo, sino también para mejorar el análisis de la conducta de los sospechosos en interrogatorios y a la hora de tomar la declaración a menores, así como para analizar su testimonio, siendo este último caso el que más comúnmente se puede encontrar el psicólogo forense. No obstante, también se usa la cámara Gesell en medicina, educación, estudios de marketing y otras muchas disciplinas.

La Cámara Gesell y el testimonio de menores

Así pues, tenemos una habitación partida en dos segmentos completamente separados, creando dos ambientes que serán muy distintos. El primero de ellos estará destinado al menor, que estará solo con el psicólogo o psicóloga, por lo que idealmente contendrá además de mesa y sillas, lápices y hojas para dibujar y decoración que cree un ambiente en el que el niño se sienta lo más seguro posible. El segundo espacio, separado por el vidrio, es muy distinto. Desde él observarán su señoría, el fiscal, los letrados de ambas partes y a veces algún familiar del niño.

Una vez todos estén ya en su lugar, dará inicio la entrevista, realizada por el profesional en psicología, que deberá intentar obtener del menor toda la información relevante al caso. Como ya hemos comentado en innumerables ocasiones, dicha información puede ser tan traumática para el menor que el simple hecho de expresar los sucesos puede resultar harto doloroso, pero al tiempo son datos necesarios para esclarecer el caso. Por ello, se crea en estos casos un conflicto, en que hay que intentar esclarecer si el testimonio es o no verdadero, intentando siempre causar el menor daño posible al menor. Por ello, era inevitable que se terminara creando un protocolo de uso en estos casos, de ahí que será únicamente el psicólogo quien hable con el menor, evitándole tener que hablar con muchas personas desconocidas que le atosigarían y le harían sentir inseguro y amenazado. Además, se presupone que el psicólogo dispone de los conocimientos necesarios para hablar con el menor, introducir los temas sin causar trauma o minimizando este, preguntar sin introducir sesgos en las preguntas, etc.

Para lograrlo, la psicóloga realizará una entrevista semiestructurada como la que se usa normalmente en este tipo de casos, como si se tratase de una evaluación sin estar en la cámara. No obstante, la diferencia más importante es que esto se hará para recabar la mayoría de los datos del caso, los sucesos en general, pero los actores presentes en la estancia tras el espejo se comunicarán a partir de cierto momento, y por turnos, con la psicóloga. Lo harán a través de un teléfono, walkie, auriculares, etc., mediante los que le irán transmitiendo las preguntas que deseen que responda el menor. Así, cada una de las partes y su señoría transmitirán sus cuestiones y la psicóloga tendrá que reformularlas para esclarecer esos puntos del testimonio del menor.

Para el psicólogo, por tanto, la diferencia fundamental es que se va a saber observado durante todo su trabajo. Recomiendo recordar que si estamos convenientemente formados no vamos a tener ningún problema en realizar el trabajo, que en realidad es muy similar a una evaluación forense fuera de la cámara. La diferencia, claro está, son las preguntas que vamos a tener que formular por petición de terceros y que, lamentablemente, no tendrán tan en cuenta como nosotros el bienestar emocional del menor, sino que buscan exclusivamente esclarecer aspectos confusos del testimonio o incluso a veces desacreditarlos, buscando que se contradiga.

De nuevo, el sistema trata de lidiar con esta contradicción, pues por una parte se busca que el testimonio sea lo más completo y detallado posible, pero al tiempo la propia cámara Gesell pretende preservar el bienestar del declarante, evitando su revictimización dentro de lo posible. Nótese que si el proceso se hace correctamente, estaremos aunando en un mismo contexto las preguntas del perito, de los letrados de ambas partes y del juez, por lo que el menor ya no debería tener que enfrentar nuevas declaraciones en un futuro. No obstante, esto no siempre es así e incluso a veces se usa la cámara Gesell con menores que ya declararon ante el psicólogo en el pasado. Ya sabemos que el sistema jurídico, como todo en esta vida, no es perfecto.

Evitando la revictimización

Como sabemos, existen diversos factores que causan esa victimización secundaria de la que venimos hablando, en el ámbito del sistema jurídico-penal. Si, como evaluadores, queremos evitar ese sufrimiento innecesario en los menores, deberemos tener claros estos factores, para evitarlos. Así, encontramos:

  • Priorizar la búsqueda de la realidad del suceso, olvidando a la víctima y la atención que necesita, por lo que se despersonaliza el trato a la misma.
  • Falta de ajuste en la información relativa a los avances del caso, en los casos en que la víctima tenga edad apropiada.
  • Falta de un entorno agradable, de intimidad y protección, a la hora de declarar.
  • Exceso de tecnicismos jurídicos.
  • Falta de información sobre los roles jurídicos de los implicados.
  • Lentitud del proceso judicial e interferencia, a veces reiterada, con la recuperación y readaptación de la víctima.
  • Exigir la repetición del testimonio, ponerlo en entredicho y generar sentimientos de culpabilidad.

Por tanto, si lo que queremos es evitar, en la medida de lo posible, el efecto de estos factores en el declarante, el psicólogo deberá ejercer su función teniéndolos en cuenta. Por ello, nuestra actuación debe ir guiada por una serie de principios paliativos, que son aplicables tanto cuando actuamos en la cámara Gesell como en una evaluación pericial cualquiera:

  • Nunca olvidar a la víctima, dándole espacio para que piense sus respuestas, pueda admitir duda o falta de recuerdo sin recibir reproches, pueda realizar las preguntas que le vengan a la mente, etc.
  • Generar un entorno lo más agradable posible, que favorezca que el sujeto se relaje y esté a gusto. La cámara Gesell, si se aplica correctamente, presentará un ambiente ya dedicado a ello.
  • Responder a todas las preguntas que tenga la persona, siempre que esté en nuestra mano, o bien redirigirla a quien pueda respondérselas.
  • Evitar tecnicismos jurídicos que únicamente entorpecerían la comunicación. En la cámara, cuando los observadores al otro lado del espejo nos transmitan una pregunta cargada de estos tecnicismos, deberemos reformularla de tal forma que el o la declarante vaya a entendernos a la perfección.
  • Explicar quienes somos, para qué es la reunión, sobre qué se va a hablar y porqué, respondiendo a las dudas y aclarando los puntos que no se hayan entendido.
  • Cuando se nos designe un caso, realizar nuestra parte lo más pronto posible, para no entorpecer el avance del caso, que ya será de por sí bastante lento.
  • Realizar nuestra parte del trabajo lo mejor posible, de manera que disminuyamos la probabilidad de que sea necesaria una nueva declaración.

Nunca debemos olvidar, que incluso en casos en que es el propio declarante quien inició el proceso legal mediante denuncia, la declaración y demás evaluaciones son un proceso durísimo para la persona evaluada, más todavía si se trata de menores de edad. Por ello, debemos siempre intentar dar lo mejor de nosotros en estas intervenciones, realizando nuestra labor lo mejor posible, evitando así daños innecesarios en la persona. En cuanto a la cámara Gesell, es una herramienta más de las muchas que llegaremos a usar en nuestra carrera profesional, y una que cada vez se usa más en nuestra país, habiéndose instalado varias en años recientes tanto en la Comunitat Valenciana, como en otras partes de España. Esperemos que eso signifique que nuestro sistema judicial (y los medios que nos proporcionan para realizar nuestro trabajo y evitar daños innecesarios en la víctima) sigue mejorando día tras día.

 

Fuentes:

Arnold Gesell.

Cámara Gesell: ¿Qué es y para qué se usa en psicología? por Alicia Fernández Parra.

Cámara Gesell: ¿Qué es, para qué sirve y por qué se llama así? por Fernando Marcelo Martínez.

La cámara Gesell en la investigación de delitos sexuales, por Mariela Zanetta Magi.

Guía de buena práctica psicológica en el tratamiento judicial de los niños abusados sexualmente, por E. Echeburúa y I. J. Subijana.

Cámara Gesell: Una Herramienta para reducir la victimización secundaria en menores víctimas de delitos sexuales, por A. Del Águila Blanes.

 

El mundo de las ciencias forenses es harto interesante y lleno de historias de las que podemos aprender siempre algo. El caso que traigo hoy no tiene una relación directa con la psicología pero, como veremos, las y los peritos también podemos aprender algo al respecto.

Se trata ni más ni menos del caso de «La mujer sin rostro», una misteriosa criminal que cometió diversos asesinatos desde el año 1993 al 2009, a lo largo de Austria, Francia y Alemania, además de participar en multitud de otros crímenes de todo tipo. Esta criminal, que trajo de cabeza a la policía alemana durante años, se volvió increíblemente mediática y fue conocida también por el apelativo de la «Fantasma de Heilbronn».

Durante más de década y media, la fantasma tuvo en jaque a las fuerzas del orden de tres países, demostrando que podía tratarse de una de las criminales más peligrosas de la historia.

Y durante todos esos años sólo hubo una cosa que atara todos estos casos: un rastro de ADN encontrado en hasta cuarenta escenas del crimen, delitos de todo tipo. Los investigadores pronto entendieron que se enfrentaban a una mente criminal digna de la más increíble de las películas del género policíaco. No sólo era que esta mujer tenía un historial delictivo más largo que la bufanda de un jirafa, sino que se movía por el país (y más adelante incluso internacionalmente) sin que nadie pudiera detectarla jamás hasta que ya era demasiado tarde.

Una criminal como ninguna otra.

Normalmente al relatar casos nos solemos centrar en asesinos en serie o en criminales con otro tipo de perfil definido, que tiende a realizar un delito de forma reiterada o bien varios tipos de crimen relacionados entre sí, pero el caso de la fantasma es bien distinto. Su ADN parecía encontrarse no solo en escenarios de homicidio, sino también en robos de guante blanco o en altercados con armas de fuego entre bandas. Aparentemente, era como si esta mujer fuera una maestra del crimen, una mafiosa del más alto nivel que además se ocupaba ella misma de realizar muchas de sus operaciones.

La primera vez que la policía tuvo constancia de la existencia del fantasma fue en mayo de 1993, cuando una pobre anciana murió estrangulada en la ciudad de Idar-Oberstein. La asesina no dejó huellas ni evidencias de otro tipo, solo su ADN.

Años después, en Friburgo se da un caso similar, también una estrangulación y de nuevo un crimen casi perfecto, en el que la única pista era el rastro de ADN de esta misteriosa individua. Viendo que esta persona podía haber cometido otros delitos similares, se empieza a buscar su ADN en otros casos semejantes y la sorpresa fue que su presencia estaba por doquier ¡y no no sólo en casos de estrangulamiento!

El rastro genético de la misteriosa asesina sería encontrado a lo largo de los años en diversos objetos de otras tantas escenas del crimen: en un cajón en una casa allanada, en los restos de una galleta en un camión robado y en otros veinte vehículos robados más. Incluso sucedió que unos padres denunciaron con entendible enfado que su hijo había encontrado una jeringuilla con heroína en un parque, y dicha jeringuilla tenía ADN del fantasma. Durante un tiempo se llegó a pensar que sería esta la pista que llevaría a los investigadores hasta ella, pero esto también quedó en nada, ya que la jeringa solo se relacionó con el caso mucho tiempo después de haber sido encontrada y por ello era imposible seguir su rastro.

La conclusión a la que se llegó fue que esta despiadada criminal no presentaba un patrón claro en sus actos, no respondía a un perfil estable excepto, quizás, a un deseo patológico de notoriedad. Eso explicaría por una parte que decidiera implicarse en todo tipo de crímenes, así como que siempre se encontrara como única prueba de su presencia el ADN. Al fin y al cabo, su existencia se hizo famosa (y pronto se empezó a tachar a las fuerzas policiales de incompetentes por no poder detenerla), y el que esa fuera siempre la única prueba casi parecía apuntar a que se ocupaba con gran maestría de no dejar ni una pista excepto siempre la misma, como si así dejará su marca de identidad al tiempo que sabía que sólo con eso jamás darían con ella. Por tanto, el ADN sería, según la terminología usada en criminología, su «firma», su forma de marcar su autoría sobre los hechos.

Se llegó a pensar que la criminal dejaba el ADN expresamente en las escenas del crimen a modo de burla: «Atrapadme si podéis».

El perfil criminal que se le atribuyó era el de una persona peligrosa y brutal, aunque cuidadosa en extremo, pero a la vez errática. Se decía de ella que debía ser una enferma mental, una psicópata, así como una adicta, pero también una persona de gran inteligencia (esto último era en cierta manera, necesario para las fuerzas policiales, pues lo contrario hubiera sido admitir que no eran capaces de capturar a una delincuente de inteligencia promedio o incluso inferior).

Un caso cada vez más complicado.

Un caso de lo más rocambolesco, pero lo peor estaba aún por llegar. Es en 2006 cuando gracias a un testigo se logra obtener un retrato robot de esta persona, pues la logró ver rompiendo el cristal de una vivienda en la que se introdujo y dentro de la cual se encontró, de nuevo, su ADN. No obstante, lo que debía haber sido una pista a la que aferrarse para hacer avanzar el caso no hizo más que complicarlo, pues el retrato robot era el de un hombre. ¿Qué significaba todo aquello? ¿Era el individuo avistado un mero cómplice? ¿Utilizaba la mujer sin rostro cómplices a los que instruía para dejar su ADN y así confundir a la policía? ¿Se trataba el fantasma de un hombre e iba dejando por ahí ADN de una mujer para despistar? ¿Era acaso la mujer sin rostro en realidad un hombre trans? ¿O es que la fantasma era una maestra del disfraz y por eso nunca era detectada?

El retrato robot obtenido, que en vez de hacer avanzar la investigación sólo hizo que volverla más y más confusa.

Fuere como fuere, el caso pasó de ser famoso a ocupar todos los titulares cuando, en 2007, una joven agente policía de 22 años fue asesinada de un tiro en la cabeza, quedando su compañera en coma, pues ambas estaban en el coche patrulla cuando fueron atacadas. Desafortunadamente, la superviviente despertó del coma sin memoria de lo sucedido, por lo que fue incapaz de informar sobre quién las había agredido.

Por mucho que se buscó posibles agresores, no se encontró a nadie con un móvil que pudiera respaldar la agresión. Así las cosas, el caso hubiera sido archivado de no ser porque… efectivamente, se encontró de nuevo el dichoso ADN de la mujer sin rostro. El problema es que a pesar de que a partir de ese momento ya podía relacionarse con nuestro caso, seguía sin haber un móvil plausible. ¿Había sido una agresión realizada con la única intención de provocar a la policía? ¿O es que las víctimas habían dado con alguna pista que podría haberles llevado a resolver el caso eventualmente?

Este fatídico suceso acaeció en Heilbronn y de ahí le viene el segundo apelativo a la asesina, que desde ese momento fue conocida como «El fantasma de Heilbronn».

Monumento erigido en memoria de la agente Michéle Kiesewetter, policía en Heilbronn.

La policía en jaque.

Este último asesinato conmocionó al país entero y puso en evidencia a la policía alemana, que debió tomarse el caso como algo personal. Según sus propios cálculos aquel caso había costado ya unas 20.000 horas de trabajo policial, así como una inversión de 25 millones de euros entre sueldos, material y demás. Llegados a este punto, se fueron ofreciendo recompensas hasta que esta ascendió hasta los 300.000€ para quien pudiera ofrecer una pista que les ayudara a esclarecer el asunto.

Y no es para menos. Habiendo saltado el caso a la fama la prensa pronto sacó a la luz informaciones de lo más extrañas. Por ejemplo, en Francia se encontró su ADN en el arma de un robo en que nadie había visto mujer alguna. Teniendo en cuenta el retrato robot con el que se trabajaba no era tan extraño, pero seguía añadiendo más misterio a a la leyenda de la mujer sin rostro. Se habla mucho de que no existe el crimen perfecto, pero la prensa llegó a la conclusión de que se encontraban ante él. El apelativo de «fantasma» le venía que ni pintado.

Y su fantasmagórica mano siguió moviéndolo todo desde las sombras. En el año 2008 se vuelve a detectar su ADN en un triple asesinato en el que para complicar aún más el asunto se encontraron unos claros culpables que negaron en todo momento que ninguna mujer tuviera relación con el crimen. ¿Acaso temían las represalias de esta diabólica mujer si la delataban?

Durante este mismo año volvió a ser detectada en varios robos y allanamientos de morada en diversas ciudades de Alemania, así como en un nuevo asesinato.

Llegados a este punto las alarmas deberían haber saltado ya hacía tiempo, pero en todo caso lo hicieron cuando el ADN de marras apareció en una reyerta familiar… en una taza. ¿Qué diantres pintaba allí el omnipresente material genético? Se dice que fue en este momento cuando alguien entre los investigadores se formó una nueva teoría, que se vería reforzada cuando en 2009 el ADN fue encontrado por enésima vez en el cuerpo quemado de un residente en Francia que demandaba asilo, cosa que parecía más que improbable, ¿no?

La verdad tras el fantasma.

No se muy bien quien tuvo la idea, pero tras una comprobación exhaustiva se probó qué tenía en común el procedimiento de recolección de muestras de todas las escenas del crimen mencionadas y… Bueno, la respuesta es cuanto menos anticlimática: los bastoncillos de algodón usados para recoger muestras, bastoncillos que salían todos ellos de la misma fábrica y que se usaban en todos los países en que había hecho acto de presencia el ADN. Parecían estar todos ellos contaminados, probablemente por alguna trabajadora de la susodicha fábrica. En resumen, nunca existió la mujer sin rostro y el material genético simplemente pertenecía a una trabajadora anónima sin relación alguna con la lista de crímenes, lo cuales en realidad no tenían nada que ver unos con otros.

Así pues, sólo quedaba buscar en la empresa a la responsable de todo este desaguisado, lo cual parece ser que también fue una verdadera odisea, además de iniciar una batalla por determinar de quién era la responsabilidad en todo este asunto, si de la trabajadora, de la empresa fabricante o de las fuerzas policiales que podían haber llegado a esta conclusión mucho, mucho antes. Sea como sea, en 2009 se cerraba el caso (o lo que diantres sea este esperpento), dejando de un plumazo decenas de crímenes sin resolver y una imagen de los investigadores de incompetencia total.

Si algo hubiéramos de rescatar de todo esto, sería aprender que necesitamos ser extremadamente rigurosos si trabajamos en el ámbito forense. Un error puede llevar a grandísimas perdidas (materiales e inmateriales). No se trata sólo de las grandes sumas de dinero invertidas en un caso que no iba en ninguna parte, ni tampoco de las miles de horas de esfuerzo policial que quedaron en agua de borrajas, sino de la ingente cantidad de casos a los que en su día se atribuyó la autoría a la inexistente mujer y que a día de hoy es muy posible que ya no puedan resolverse, quedando los culpables libres para siempre.

Podríamos pensar que el que se den errores tan graves como este debe ser algo más bien raro, pero cabe recordar que el fantasma fue el azote de la policía de tres países durante casi dos décadas, por lo que nadie nos puede asegurar que otros errores semejantes no puedan estar dándose a nuestro alrededor, en nuestro país, sin que nos demos cuenta.

Acerca de este asunto, K. Ramsland, especialista y profesora universitaria de psicología forense, comenta que «pese a que el análisis de ADN es un procedimiento científico fiable, no es inteligente basar nuestras investigaciones solamente en él». De la misma forma y trasladando esta moraleja a la propia psicología forense, deberemos ser muy cautos con los procedimientos que utilizamos, así como con la forma en que los usamos. A la hora de realizar una evaluación psicológica, es muy importante escoger los instrumentos que más se adecuen al caso en cuestión y, en caso de que los resultados puedan ofrecer cualquier clase de duda, no podemos nunca conformarnos con la primera hipótesis aunque todo apunte a ella, no al menos hasta que desterremos todo asomo de duda de nuestra investigación. Recordemos que el ámbito de la psicología en el contexto criminal es uno donde las mentiras y el subterfugio están mucho más presentes que en la vertiente clínica.

Así mismo, debemos recordar que los cuestionarios, modelos de entrevista y test psicométricos que utilizamos no son ni muchos menos herramientas exactas. Por ello, la única forma de poder usarlos con un margen adecuado de confianza (y de hecho, la forma en que se pensó que se usarían al ser diseñados) es siguiendo unos protocolos muy estrictos y combinándolos con otras pruebas similares para confirmar así los resultados, la coherencia entre ellos y la compatibilidad entre los mismos.

Desgraciadamente, no pocas veces me ha tocado revisar casos en que la evaluación psicológica forense era un auténtica chapuza, hecha con prisas o dando por bueno el testimonio a la primera a pesar de que hubieran incoherencias o aspectos que merecieran esclarecerse, fuera esto por dejadez o por haberse dejado llevar por simpatías hacia los investigados. Y si algo nos ha enseñado el caso de la fantasma de Heilbronn es que este tipo de descuidos es inadmisible. Al fin y al cabo, no debemos complicarle más aún las cosas a la justicia, que bastante difícil lo tiene ya a veces de por sí.


 

Fuentes:
La recompensa por la «Asesina fantasma» alcanza el récord de 300.000€.
La mujer sin rostro deja a la policía alemana en la oscuridad.
Alemania a la caza de la asesina conocida como «La mujer sin rostro».
The Forensic Psychology of Criminal Minds, por Katherine Ramsland.
Alemania busca a al/la asesino/a fantasma.

 

 

Tanto en psicología clínica como en el ámbito jurídico, el trastorno facticio y la simulación son dos condiciones muy significativas y a tener en cuenta. Ambas se caracterizan por la presencia de síntomas fingidos o producidos de forma intencional (físicos o psicológicos). La diferencia principal entre ambos es que en caso del facticio no existen incentivos externos claros, fingiéndose los síntomas por el mero hecho de querer asumir el papel de enfermo. En la simulación, por su parte, el sujeto obtiene un beneficio directo, como pudiera ser una compensación económica.

Los síntomas, en ambos casos, pueden ser inventados, falsificados, autoinfligidos o ser una exageración de una condición previa real. Quejas habituales son: ánimo deprimido, ideación suicida, problemas de memoria, alucinaciones, síntomas disociativos, dolores, naúseas y vómitos, mareos, pérdidas de conciencia, fiebre y hemorragias. Muchas veces los síntomas de carácter físicos son secundarios al consumo de fármacos o sustancias, que son tomados precisamente para causarlos.

Trastorno facticio

También se le denomina «Producción intencionada o fingimiento de síntomas o incapacidades somáticas o psicológicas», e incluye  el llamado «Síndrome de Münchausen» y el «Paciente peregrino», que es aquel que va cambiando de especialista y consulta cada vez que detecta que se sospecha de sus síntomas, prolongando así su estatus de falso enfermo. El síndrome de Münchausen, por su parte, sería la forma más grave y crónica del trastorno facticio, caracterizada por mitomanía (mentira patológica) y de ser capaz de provocarse los síntomas físicos más graves con tal de lograr prolongar la farsa. Este termino debe su origen a Richard Asher, denominándolo así por el barón alemán Von Münchausen y las exageradas y fantásticas historias a que dio lugar.

Sabremos que nos encontramos ante un caso de trastorno facticio cuando la persona cumpla los siguientes requisitos:

  • Falsifica o finge signos o síntomas, o bien se lesiona.
  • Estos son usados para adoptar ante los demás el rol de enfermo, incapacitado o lesionado.
  • Dicho comportamiento de engaño se realiza aunque el sujeto no obtenga una recompensado clara.
  • Todo lo cual no es explicado por la presencia de otro trastorno mental.

No es raro que estos pacientes posean un conocimiento médico muy por encima de la media, así como de las rutinas del personal sanitario y del normal proceder de las distintas pruebas, ya que llega un punto en que las han vivido repetidamente y por ello las conocen bien. Además, al narrar sus síntomas tienden a hacerlo de un modo especialmente dramático y con explicaciones vagas, así como con inconsistencias si se les piden más detalles.

¿Y si se les enfrenta con pruebas de que sus síntomas son ficticios? Lo más habitual es que lo nieguen, se muestren ofendidos y se marchen, buscando eventualmente ser atendidos en otro centro. En consecuencia, son casos que lamentablemente muchas veces quedan sin tratar, quedando afectadas sus capacidades laborales y sociales.

Trastorno facticio por poderes

Dentro del trastorno facticio encontraríamos a su vez varios subtipos, como aquellos casos en que el sujeto presenta signos y síntomas psicológicos, aquellos en que estos son físicos, y aquellos en que se combinan ambos tipos. Además, encontraríamos el infame trastorno facticio por poderes (o Síndrome de Münchausen por poderes), que es el nombre que damos a aquella situación en que alguien (prototípicamente un padre, madre o ambos) provoca en otra persona (habitualmente su hijo/a) los síntomas, buscando que estos adopten el rol de enfermo (y ellos el de cuidador). Un elemento notablemente habitual en estos casos es que el mencionado cuidador se suele negar a dejar al cuidado en el hospital sin su compañía, pues los síntomas desaparecerían. No es raro que, pese a su comportamiento superficial y verbalizaciones, muestren escasa preocupación real (en tanto que saben que ellos controlan los síntomas).

Al realizar las diversas pruebas médicas, es habitual que los resultados y diagnósticos sean incongruentes con los síntomas en sí y con la información que facilitan estos mal llamados cuidadores, lo que causará confusión entre los médicos. En este caso, por cierto, el diagnóstico se aplica sobre el autor de los actos ¡no sobre la víctima, la cual recibe en todo caso el diagnóstico de víctima de abuso)!

Tratamiento

Autores como Viederman consideran que el trastorno facticio tendría su origen más probable en unas relaciones sociales anómalas durante la infancia y juventud, sobre todo con las figuras parentales y las de autoridad. Cuando la persona crece sin los cuidados apropiados, con carencias emocionales o incluso siendo víctima de abusos y/o abandono, aumentarían las probabilidades de desarrollar más adelante el trastorno. Por ello, entre estos pacientes es común encontrar que en su pasado han sufrido carencias de este tipo.

En cuanto al tratamiento del mismo, puesto que como se ha dicho suelen escabullirse en cuanto se les sugiere que sus síntomas son fingidos o provocados, en su mayoría quedan sin tratar. En cualquier caso se han planteado dos enfoques distintos.

En primer lugar, el confrontativo, que consistiría en mostrar al sujeto de forma clara las pruebas de que sus síntomas son fingidos. Si buscamos que esta confrontación sea menos punitiva, se le puede plantear que sí sufre una enfermedad, pero que esta es de carácter psicológico, explicándole entonces qué es el trastorno facticio. Buscamos con ello reconceptualizar los síntomas y mentiras, ofreciéndole al paciente la atención que demanda y un tratamiento que sí será el correspondiente a su condición real.

En segundo lugar, el no confrontativo. En este enfoque encontramos las interpretaciones inexactas, en las que se le plantea al paciente los procesos y mecanismos psicológicos del trastorno facticio sin llegar a confrontar los síntomas como falsos, sino simplemente dando cuenta de su origen mental. Por otra parte, el llamado doble cebo consiste en plantear un tratamiento psicológico contra el estrés, aludiendo a que si los síntomas no mejoran se descartarán otros trastornos y por ello se diagnosticaría el facticio.

Simulación

Al principio del texto hemos mencionado otra condición, la simulación. En este caso, el sujeto también presenta síntomas o signos físicos o psicológicos que simula o se autoinflinge, con la diferencia de que en este caso se hace buscando un beneficio directo específico, como pudiera ser una compensación económica o la evitación de ciertas obligaciones, entre otros. Por ello, la «enfermedad» desaparece una vez logrado este objetivo, normalmente de forma brusca. Además, y si bien una misma persona puede mantener una patrón de simulaciones repetidas a lo largo del tiempo, al contrario que el trastorno facticio, la simulación no implica presencia de grado alguno de psicopatología, por lo que puede darse en sujetos sanos por completo.

Aún así, se trata de comportamientos más comunes en personas con escasa autoestima y habilidades sociales, con inadaptación laboral y rasgos de personalidad dependientes y/o antisociales. Con todo ello, no es de extrañar que lo más común cuando se les acusa de fingir sus síntomas no sea simplemente marcharse, como los aquejados del trastorno facticio, sino que se enfadan y se muestran hostiles.

Para detectar estos casos hay que estar atento a elementos como:

  • Síntomas vagos, mal definidos y que no se ajustan a los que presentan las entidades diagnósticas conocidas.
  • Además, estos tienden a ser exagerados, excesivos y con un cierto cariz teatral.
  • Las lesiones suelen ser autoinflingidas, por lo que ante la sospecha será un especialistas forense quien deba analizarlas.
  • Solicita que se le receten sustancias que suelen ser usadas para su abuso.
  • El sujeto no se muestra cooperativo respecto a la repetición de pruebas o al tratamiento.
  • En las pruebas se detectan sustancias y fármacos que no fueron recetados.
  • En la historia clínica hay antecedentes de lesiones y accidentes similares.
  • Los resultados de las pruebas no explican el cuadro clínico.
  • Presenta un trastorno de personalidad antisocial.
  • Hay evidencia de que el paciente obtendrá beneficio económico o de otro tipo en caso de ser diagnosticado.
  • Hay evidencia de que el paciente evitará una situación desagradable o una responsabilidad legal en caso de ser diagnosticado.

Sin embargo, ninguno de estos elementos es necesario ni suficiente para determinar que estamos ante un caso de simulación. En suma, tanto para esta como para el trastorno facticio, el especialista deberá permanecer alerta y ser minucioso en su evaluación, sobre todo en aquellos contextos en que es más probable que se den este tipo de situaciones (como sería el entorno jurídico en el caso de la simulación).

El siguiente texto en cursiva es una adaptación del artículo «The Narcissistic Father» (El padre narcisista), publicado en Psychology Today por Mark Banschick, publicada originalmente en nuestra antigua web.

«La mitad del daño que se hace en este mundo es producido por gente que quiere sentirse importante. No buscan necesariamente dañar a los demás, pero cuando lo hacen no les importa, ya que o bien no se dan ni cuenta o bien lo justifican para mantener la valoración positiva que hacen de sí mismos» T.S. Eliot.

Es probable que antaño pensaras  que cuando tuvieras veintitantos y sobre todo cuando llegaras a la treintena de años ya habrías alcanzado cierta cantidad de éxito en tu vida. Tu carrera laboral estaría en marcha, tendrías tu domicilio, una relación estable y alguno de tus otros deseos y objetivos  ya cumplidos.

Sin embargo, en la mayoría de casos seguro que muchos de estos proyectos vitales están lejos de satisfacerse. Esto por supuesto afecta a la confianza que tienes en ti mismo y puede que si miras atrás y piensas en tu infancia te venga a la mente tu padre, una persona llena de confianza, exitosa, popular, con amigos y trabajo, que nunca dudaba de sí mismo, no como tu.

Cuando acudía a un evento social, tu padre conocía a todo el mundo, todos le prestaban atención y casi toda la acción parecía girar a su alrededor. Si lo pensamos ¿es posible que tanta confianza pudiera llegar a ser arrogancia? Si lo anterior coincide con tu caso es posible que fueras criado por un padre (o madre) con rasgos de personalidad narcisistas. Si este es tu caso, ¿cómo puede que te afectase?

Cada familia es un caso concreto y por tanto cada una forma una estructura social con sus propias reglas, secretos y patrones de conducta. Como dicha estructura es la única que conocemos en nuestra infancia tendemos a actuar, no siempre de forma consciente, como si todas las madres y padres estuvieran hechos con el mismo molde que los nuestros y es por ello que cuando oímos de progenitores muy distintos a los nuestros, pensamos que es porque en general son distintos a la media. Esto es, tendemos a pensar en nuestros padres como la norma general. Por eso, si creciste con un padre narcisista, posiblemente nunca lo supiste y en su lugar siempre asumiste que todos los padres se comportaban y pensaban de forma similar.

Para saber si realmente conocemos a alguien con una personalidad narcisista, expliquemos que distingue a estos individuos del resto, y en concreto cuando ejercen su rol de padre:

  • Centrados sobre todo en sí mismos, vanidosos: Se ven y hablan de sí mismos como si fueran importantes, se creen superiores y por tanto capaces de logros que los demás no.
  • Usan a la gente en su propio beneficio: Utilizan a los demás aprovechándose de ellos, pudiendo contactar con cada uno solo cuando le conviene, ignorándolos después. En general, consideran que los demás deberían ayudarles y ofrecerles lo que piden, esté este pensamiento justificado o no.
  • Son carismáticos: En general, atraen la atención e incluso la admiración de la gente, saboreando además esa atención. Les encanta ser el centro de las miradas, pues de hecho creen que lo merecen.
  • Fantasean en exceso: En este caso no hablamos de una imaginación como los demás, sino de personas tendentes a fantasear acerca de sus éxitos, prestigio y capacidades. Además, a menudo exageran sus logros, de forma tan natural que hasta ellos mismos se los creen y en consecuencia sus metas son poco realistas.
  • No se toman bien las críticas: Las críticas les hieren en exceso, incluso las justificadas y que intentan no ofenderles, por lo que suelen reaccionar mal ante ellas, ignorando a quienes las emiten, eliminándolos de sus vidas o incluso tratando de devolverles el daño, según casos.
  • Cuando se enfadan dan miedo: No necesariamente son personas violentas, pero cuando se enfadan expresan de forma muy evidente este disgusto, ya sea con gritos, insultos, o algunos de ellos llegando incluso a agredir a quien les ha contrariado.
  • Son distantes y poco empáticos: Lo anterior es debido a que, independientemente de lo emocionales que son, tienen problemas para usar la empatía, mostrándose en general indiferentes ante los sentimientos ajenos. Como dijimos, no necesariamente desean el mal ajeno, y puede que hasta cierto punto se preocupen de quienes le rodean, pero desde luego no es su punto fuerte al estar tan centrados en sí mismos.
  • Buscan constantemente la gratificación y aprobación social: A pesar de su ego desmedido, necesitan saber que los demás les valoran igual que ellos mismos. Es por ello que los padres narcisistas pasan más tiempo sin su familia que otros padres. Además, fácilmente valoren más la opinión de personas externas a la familia, sobre todo cuanto más influyentes las consideren, que lo que piensen de él sus hijos.
  • Siempre hacen lo que les gusta: Como dijimos, los narcisistas tienen problemas para ponerse en la piel de los demás, y es por ello que cuando han de realizar actividades con otros tenderán a proponer actividades que les gusten a ellos mismos. Esta actitud incluye sus interacciones con sus propios hijos, y cuando estos les pidan jugar con ellos el padre normalmente intentará que el niño juegue a alguna cosa que a él le gusta, asumiendo que al niño «lógicamente» también le gustará.
  • Les gusta presumir de sus allegados casi tanto como de sí mismos: Esto incluye sobre todo a sus hijos, ya que sobre ellos pueden permitirse cierto control que con los demás no. Por tanto, si estos resultan tener cualidades sobre las que presumir, las magnificarán, mientras que si tienen defectos tenderán a no mencionarlos o incluso negar su existencia, al menos frente a los demás ya que la actitud en familia puede ser muy distinta. 
  • Es difícil conseguir de ellos lo que (emocionalmente) necesitamos: Este aspecto es especialmente importante al ejercer su rol de padre o madre, pues aunque cumplan con sus obligaciones a nivel material, no suelen hacerlo en otros niveles más sutiles. Por ejemplo,  su hijo/a requerirá su atención y afecto pero solo atenderá dichas necesidades de forma esporádica y seguramente cuando al propio padre le venga bien.

Puede que las características antes mencionadas te suenen de algo, puede que no. Hay que tener en cuenta que un individuo con personalidad narcisista no suele poseer todos los rasgos descritos, aunque sí presentará la mayoría. Por otra parte nos podemos encontrar con sujetos que muestren unas pocas de estas características y en este caso hablaríamos de alguien con rasgos narcisistas, no de un desorden de personalidad en sí mismo.

El problema inherente a la clasificación de los trastornos de personalidad

Para lo mayoría de la gente la palabra narcisista no significa exactamente lo mismo que para los psicólogos y además como hemos visto podríamos encontrar rasgos narcisistas en muchos de nosotros, pero no hay que preocuparse pues esto es bastante normal y dista mucho de llegar a ser un trastorno de personalidad.

El término narcisista, entendido como un trastorno en sí y aunque útil desde el punto de vista clínico,  no está exento de controversia. En realidad, como muchos diagnósticos psicológicos,  es una clasificación un tanto arbitraria y responde más a su utilidad a la hora de organizar nuestro conocimiento al respecto de este tipo de casos que a descripciones reales de individuos concretos y es por ello que los rasgos antes descritos no son una lista que el sujeto debe cumplir para recibir el diagnóstico y si más bien unos criterios acumulativos, de modo que si se reúne cierta cantidad de ellos podrá ser diagnosticado.

Por supuesto, como todos los trastornos psicológicos, los rasgos descritos han de ser expresados con una intensidad y/o en una forma tal que cause algún perjuicio al individuo. Según el DSM-V, una personalidad narcisista se define por ser un patrón de personalidad tendente a «grandiosidad, necesidad de admiración y falta de empatía». 

Buscan ser admirados, y consideran tener más derechos que los demás debido a que se creen más importantes, son abusivos, faltos de empatía, sienten fácilmente celos cuando otros logran lo que ellos no y además son arrogantes. Otra característica típica es la falta de respeto a los límites sociales, debido a sus dificultades para darse cuenta de las necesidades ajenas.

Teniendo todo esto en cuenta, volvamos al tema que nos ocupaba, que es cómo puede afectar un padre narcisista a sus hijos e hijas.

El padre narcisista

Un padre narcisista podría causar daño psicológico a sus hijos, por ejemplo, mostrándose indiferentes a los lazos entre ambos, manipulando a sus hijos para obtener su afecto e ignorando las necesidades de estos en favor de las suyas propias. Además, puesto que la imagen que proyectan hacia los demás es tan importante para ellos, exigen la perfección en sus hijos para así poder incluirlos en esa imagen perfecta que muestran al resto, pues consideran a sus hijos como sus logros. Esto puede causar en el hijo una presión continua por mejorar en todo lo que hace, piensa o dice. Teniendo en cuenta la falta de comprensión que tiene un menor respecto a un adulto, este no se dará cuenta de lo que sucede y o bien intente cumplir los deseos de su padre, lo cual muchas veces será imposible y le costará gran sufrimiento, o bien elegirá eventualmente ignorar las exigencias paternas, con lo que igualmente sufrirá el mencionado daño psicológico y la relación padre-hijo quedará perjudicada.

Veamos algunas de las formas en que un padre narcisista puede afectar a su hijo o hija:

Los hijos/as de padres narcisistas, normalmente refieren no sentirse satisfechos con sus necesidades de atención por parte del padre, lo cual puede agravarse si tienen hermanos con los que tendrán que competir. De pequeños pueden recibir halagos del padre, pero conforme crecen estos desaparecen o bien siguen siendo igual de superficiales (lo cual es más probable en el caso de las niñas), por lo que cada vez demuestran ser más insuficientes. Lógicamente esto puede afectar el desarrollo de su personalidad hasta llegar a la adultez, siendo la distancia paternofilial un tema que causa preocupación y desasosiego, de modo que posiblemente busquen el éxito para obtener la aprobación paterna, aunque esto por supuesto no la garantiza.

Puesto que con un padre así nunca será suficiente, las relaciones sociales y familiares que posteriormente se desarrollen se verán ciertamente condicionadas. Al crecer, estas personas pueden verse más afectadas cuando sean rechazadas por otros, podrían sentirse demasiado ansiosas ante compromisos y por tanto evitarlos, o buscar tan desesperadamente el éxito que nunca tengan suficiente. Adoptar para sí mismas la personalidad narcisista es también otra de las posibilidades, con las evidentes consecuencias negativas que ello comporta.

Además, si el niño tiende a compararse con la figura paterna posiblemente no sentirá jamás que pueda alcanzarlo. La comparación será todavía más evidente si el padre compite directamente con el hijo o si se posiciona como modelo a seguir e imitar.

Como naturalmente un niño no puede vencer a su padre en casi ninguna circunstancia que implique una competición, cuando finalmente el niño sea adulto habrá interiorizado la idea de que su padre es categóricamente mejor que él en todo. Aun así, es posible que el menor (y también cuando ya sea adulto) intente lograr el éxito en cualquier ámbito de su vida para así conseguir la atención paterna y algo que se parezca a un atisbo de orgullo por parte del progenitor. No obstante, por mucho éxito que logre, un padre narcisista no mostrará generalmente ese orgullo, aunque a veces pueda sentirlo, y esto afectará gravemente a la relación entre ambos.

Insistimos en que una de las peores posibilidades es que el hijo acabe imitando el patrón de conducta y personalidad del padre y se convierta a su vez en un narcisista, compensando la falta de amor recibido mediante un gran amor propio, que aun así necesitará de la aprobación externa continua.

Por tanto, ¿cómo podemos enfrentar esta situación cuando creemos que nuestra infancia fue afectada de un modo similar al descrito?

  • Acude a terapia: Este puede que sea un consejo obvio, pero puede ayudarnos a entender lo que nos pasa, cómo nos afecta nuestro padre y cómo, si es posible, podemos reencontrarnos con él aceptando que su peculiar forma de ser no nos debe afectar más, disfrutando de su presencia sin sentirnos empequeñecer.
  • Acepta a tu padre: Puede que sea arrogante y que su necesidad de atención constante pueda llegar a ser exasperante, pero la mejor opción es aceptarlo. No me refiero con esto a permitirle que nos dañe sin consecuencias, pero es mejor pensar en él como un padre al que podemos querer a pesar de sus defectos. Si le negamos el poder de dañarnos, ya solo queda aprovechar lo que pueda ofrecernos. Lo cual nos lleva al siguiente punto.
  • No dejes que te haga daño: Cuando interactuemos con él y tenga, por ejemplo, un arranque de ira, puedes simplemente marcharte, no sin antes dejar claro que lo haces porque esa situación no es constructiva ni te aporta nada. Deja que sea su problema, no el tuyo.
  • Corta los lazos: Por supuesto no es la solución preferible, pero en aquellos casos en que el padre sea especialmente peligroso o presente una actitud exageradamente nociva sí puede ser la mejor opción. Cuando llegamos a adultos, nosotros decidimos y no hay motivo para permitirle que nos convierta en víctima de sus comportamientos abusivos.
  • Limitar su influencia: La larga sombra del padre narcisista nos puede influir más de lo que pensamos, pudiendo llegar el hijo a identificarse con el patrón de conducta social que presente el progenitor. Por otra parte puede que el hijo/a desarrolle un carácter ansioso, pues ha aprendido que no puede confiar en que los demás le presten atención cuando lo necesite. Por eso, hay que intentar a toda costa evitar esa influencia.
  • Ten expectativas realistas: No esperes que tu relación con la persona narcisista se base en el respeto mutuo y el afecto recíproco. Ellos son egoístas por naturaleza y no suelen postergar sus necesidades para atender las ajenas. Como adulto, debes aprender a entender la situación y como decíamos no dejar que te afecte, en la medida de lo posible. Para esto es indispensable mantener unas expectativas realistas, de modo que sepamos qué podemos esperar y qué no de esa persona.
  • Aprende cómo tratarlo: Cuando necesitas algo de una persona narcisista, convéncelo de que obtendrá algún beneficio con ello. No se trata de mentirle, pero estará más a favor de tu causa si además de lo que tú puedas obtener él también sea participe de ese éxito.
  • No dejes que sus juicios nublen el tuyo: O lo que es lo mismo, no dejes que sus críticas te hagan pensar que eres menos importante de lo que eres realmente. En relación a esto, puede que no te interese confiarles cierta información o compartir con ellos tus éxitos a la espera de su reconocimiento. Si sabes que seguramente no recibirás el trato que mereces, busca apoyo en alguien en quién sí confíes.
  • El conformismo es una opción: Puede parecer un mal apaño pero en estos casos no debemos descartarlo, pues al interactuar con un padre narcisista del cual no queremos alejarnos permanentemente, puede ser más fácil y requerir menos esfuerzo aceptar sus deseos si creemos que la discusión no nos será útil en este caso concreto. Ojo, no digo que debamos acatar sus órdenes en general, pero sí que en algunas ocasiones podemos valorar la situación y si no nos afecta negativamente, simplemente seguirle la corriente.
  • El enfrentamiento también es una opción: En general los narcisistas se suelen salir con la suya porque los demás se lo permiten, aunque sea por su pasividad. Lógicamente, si estamos decididos a impedir esto deberemos mantener firme nuestra postura ante ellos y además expresarles que su actitud nos resulta inaceptable. Fácilmente esto provoque una reacción negativa por su parte, quizás su enfado, pero llegados a ese punto no hay que dejar que nos afecte y hemos de recordar que como adultos podemos comprender mejor la situación y a nuestro padre, siendo por tanto menos vulnerables a sus actos. Recordemos eso sí, que los narcisistas odian las críticas.
  • Compadécete de él: Sí, su arrogancia no facilita que simpaticemos con él, pero si lo piensas un momento, alguien que necesita cumplidos, atención y la aprobación de los demás de forma continua, en realidad bien merece que nos compadezcamos de él, pues también sufre por ello. Esta es una buena forma de mejorar la relación con un padre narcisista, pues hasta cierto punto nos puede valer la pena, aunque a él le cueste entender nuestra nueva actitud. Al fin y al cabo él no tiene más remedio que convivir con sí mismo, mientras que nosotros siempre tenemos la opción de salir de la habitación.

Dicho lo anterior, aunque es difícil lidiar con un padre narcisista sin verse afectado, seguro que también te has encontrado a lo largo de tu vida con otras personas que también te han influido, y en su caso para mejor. En concreto puede que en tu propia familia puedas encontrar individuos con los que te sientas más identificado o con los que simplemente tienes una mejor relación, como puede ser tu madre, hermano/a o abuelo/a. También podemos encontrar personas afines en las que confiar en amistades o en otros contextos, como pueden ser profesores, entrenadores, terapeutas, compañeros de trabajo, etc. 

Por supuesto, es importante en estos casos tener claro nuestra propia valía. Nuestra grandeza no depende de nuestros éxitos, ya que existen muchas más cosas en la vida. Hay ahí fuera grandes hombres y mujeres de los que nunca oiremos hablar pues el mundo no reconoce sus talentos, pero no por eso son menos importantes.

Un último apunte

A todo lo anterior, añadiremos un aspecto del padre narcisista relacionado con nuestra especialidad. En los casos de guarda y custodia de menores, normalmente nos encontramos con un padre y una madre que luchan por dicha custodia y que se enfrentan en un procedimiento judicial, pues por las razones que fuere no han conseguido llegar a un acuerdo sobre cómo repartirse el tiempo que pasan sus hijos menores en común con cada uno.

Dejando de lado casos en que alguno de los dos progenitores incumple gravemente su rol como tal, sea agrediendo o abusando del menor o simplemente siendo negligente con los cuidados que debería proporcionarle, nos encontraremos a dos personas que creen por igual que están capacitados para ser padres y habitualmente, que el otro progenitor no.

Incluso en los casos en que la motivación es la adecuada, podemos encontrarnos con que uno de estos padres no cuida adecuadamente al menor pero además no reconoce sus faltas. No pocos veces nos encontramos un padre que está verdadera y genuinamente convencido de que ejerce su papel de forma estupenda e inmejorable, añadiendo que además la prueba está en que sus hijos le adoran, aunque luego comprobamos a través de esos mismo hijos y mediante otro tipo de pruebas que esa persona descuida notablemente los cuidados que los menores necesitan.

En este tipo de casos, no es raro que los menores en cuestión tengan cubiertas sus necesidades físicas (alimento, vivienda, ropa e incluso caprichos) pero que luego no compartan tiempo de ocio con el progenitor y que este no escuche ni se interese por lo que les ocurre a estos, ni por como se sienten. El resultado es un padre que cree que lo está haciendo todo perfecto y merece (¿os suena?) elogios al respecto, mostrándose sorprendido cuando otros no interpretan la situación igual que él y aún más cuando son los propios menores los que refieren no sentirse queridos por el progenitor.

El resultado en estos casos es que los niños sienten cada vez menos apego al romperse la unión familiar, pues les resulta imposible no comparar el trato recibido por ambos padres. Si hay un padre narcisista, llevará las de perder y poco a poco la relación padre-hijo irá dañándose, algo que en muchas ocasiones el adulto recrimina al menor y achaca a que el otro progenitor le está adoctrinando en su contra. Como decía el texto de Banschick hacia el final, compadeceos del narcisista, pues su conducta y actitud le conducen con toda probabilidad a la soledad.

 

A lo largo de mi trabajo como Psicólogo perito he visto casos de muy diversa índole, pero si hay una tipología que se repite más asiduamente es sin duda alguna la de los casos de separación de parejas con hijos. En estos casos la pericial psicológica sirve de ayuda para dirimir que régimen de guarda y custodia se implantará respecto al menor o menores implicados. Concretamente, hoy hablaré sobre los casos de guarda y custodia en que existe un historial previo de violencia familiar.

Primero, será necesario ofrecer un poco de contexto para entender la problemática a la que nos enfrentamos ante este tipo de casos. Debería saber el lector, por ejemplo, que hasta hace unos años existía una clara tendencia general a conceder la custodia de los hijos a la madre, al asumir ante la duda que es esta siempre la que mejor garantías ofrece al menor de estar bien cuidado. Más tarde surge una corriente de pensamiento en jueces y tribunales en la cual se tiende a intentar igualar el derecho de ambos progenitores a ostentar la custodia, si bien se hace en muchas ocasiones de forma forzosa, minimizando a veces situaciones previas de maltrato o la sospecha de que dichos actos se hayan podido dar.

Se llega al extremo incluso de restar credibilidad a las denuncias o quejas hacia el progenitor, tildando actos claramente violentos como meros «conflictos o disputas familiares». Cierto es que no son pocas las ocasiones en que el conflicto es uno en que ambas partes han agredido, amenazado o insultado al otro, pero igualmente cierto es que hay que distinguir dichos casos de aquellos en que una de las partes ha abusado de una situación de poder sobre la otra para actuar con violencia  (de cualquier clase) sobre ella.
Debe entenderse que ninguna de las dos posiciones antes planteadas sería justa, verdaderamente neutral. Por otra parte, también es necesario comprender que la violencia, provenga de quien provenga y tome la forma que tome, afectará a los menores que la vivan, afectándoles negativamente. Por último, destacar que a la hora de la verdad, es una realidad incuestionable que muchos casos de violencia familiar tienen mucho que ver con conductas y actitudes machistas.
Con ello, ha de entenderse que es necesario analizar cada caso en particular, su contexto y circunstancias, si bien siempre tomando las medidas necesarias para, ante la sospecha de potencial violencia, proteger a la víctima y a los menores implicados del peligro. Partimos para ello de la premisa siguiente: Para que un niño o niña pueda desarrollarse de forma adecuada es necesario un entorno familiar seguro, estable y libre de violencia. Esto es así pues sabemos que la única forma de evitar que el menor actué con violencia (o asuma la violencia contra sí mismo/a como algo normal) en un futuro es evitar que crezca en un entorno que favorezca dichas conductas.
Y es que es precisamente la educación machista que muchos individuos recibieron la que explica las más que alarmantes cifras actuales de violencia de género y más concretamente los asesinatos de mujeres a manos de sus parejas. Acrecentando la gravedad de lo anterior, hay que entender que en no pocos de dichos casos hay menores involucrados, quienes son a su vez víctimas, directa o indirectamente. En casos como estos donde los menores corren riesgo, no solo se plantea retirar la custodia de los mismos al progenitor maltratador, sino incluso el régimen de visitas y la patria potestad.
Así, en el punto primero del artículo 544 quinquies de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, encontramos que en aquellos casos en que «se investigue un delito de los mencionados en el artículo 57 del Código Penal (esto es, delitos de homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico), el Juez o Tribunal, cuando resulte necesario al fin de protección de la víctima menor de edad o con la capacidad judicialmente modificada», podrá adoptar las siguientes medidas:
  • a) Suspender la patria potestad de alguno de los progenitores. Pudiendo fijar un régimen de visitas o comunicaciones.
  • b) Suspender la tutela, curatela, guarda o acogimiento.
  • c) Establecer un régimen de supervisión del ejercicio de la patria potestad, tutela o de cualquier otra función tutelar, de protección o apoyo.
  • d) Suspender o modificar el régimen de visitas o comunicación cuando resulte necesario.

En resumen, jueces y tribunales tienen poder para actuar en estos casos según crean necesario, eliminando o modificando las diferentes funciones y derechos de los progenitores o sujetos análogos. En todo caso, se debe entender que deberá primar siempre el interés superior del menor en cualquier decisión judicial, debiendo evitarse que se vea expuesto a otras situaciones peligrosas además de las mencionadas, como serían contextos donde hay presencia de drogadicción, alcoholismo, carácter violento o patologías mentales que por su tipología y gravedad puedan ponerlo en peligro, pudiendo ser las mencionadas situaciones causa suficiente para retirar los regímenes de visitas o incluso la patria potestad.

Para entender el porqué puede el régimen de visitas (y la patria potestad) ser suspendido y modificado por las citadas razones deberemos tener siempre presente que se trata de derechos/deberes que se le reconocen automáticamente al progenitor por el solo hecho de serlo, pero que si este no cumple con su parte, con sus deberes, sin que haya justificación para ello, lógicamente se le retiran sus derechos al respecto. Así por ejemplo, se le podría retirar la patria potestad a un padre que maltrate a sus hijos, así como a otro que sin ser maltratador no cumpla el régimen de visitas y/o no pague la pensión de alimentos que se estableció.

En relación a lo anterior, la custodia compartida no podrá ser adoptada en aquellos casos en que exista un proceso penal contra uno de los progenitores, siempre que dicho proceso sea por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos que convivieran con ambos, al igual que tampoco será admisible cuando existan indicios fundados de violencia doméstica.

Como vemos, la tendencia actual a buscar «el mayor bien del menor» evitándole peligros potenciales es bien distinta de los planteamientos de los que hablábamos al principio del texto. Esta nueva línea de pensamiento busca evitar situaciones en las que un potencial maltratador tuviera acceso a los hijos, cosa que previamente sucedía incluso cuando este tenía prohibido acercarse a la madre.

Esta  nueva orientación judicial ayudará, sin duda,  a evitar situaciones tan absurdas como que un maltratador o un presunto maltratador, tenga una orden de alejamiento con la madre, pero no respecto de sus hijos, además de representar un gran avance en la lucha contra la lacra social que es la violencia de género. No obstante, no siempre está claro cuando existe un riesgo real para los menores, pues el maltrato y negligencias perpetrados por parte de uno de los progenitores no siempre es evidente.

Podría darse el caso de que uno de los dos acuse al otro de haberle amenazado de muerte sistemáticamente delante de su hijo/a durante mucho tiempo. En este caso, un ejemplo de muchos, seguramente no existan pruebas materiales que corroboren la existencia de dichas amenazas, pero debe entenderse que si estas sucedieron peligrará la salud física y mental de la víctima del maltrato verbal y la del menor implicado. En el caso de este último, su desarrollo emocional podría verse gravemente afectado, interiorizando además dichas conductas violentas.

Sin embargo, como debe respetarse la presunción de inocencia, evitando que las acusaciones falsas proliferen y tergiversen el sistema, se intenta siempre esclarecer todo lo posible esta clase de asuntos antes de emitir una sentencia definitiva. En casos como el mencionado, se recurre habitualmente a la pericial psicológica, que entre otras cosas puede dirimir el grado de credibilidad de las acusaciones, así como la afectación psicológica, si la hubiere, tanto de la víctima como de los menores implicados. De las pruebas psicológicas, se obtienen unos resultados con los que se confecciona un informe que debe responder, indicando el grado de confianza de las conclusiones, a las cuestiones que se plantearon.

 

Fuentes:

Patria potestad, guarda y custodia y régimen de visitas en casos de maltrato o violencia doméstica, por Serveis Jurídics Muñoz&Aboal.

El pasado día 8 se celebró el Día Internacional de la Mujer, celebrándose múltiples manifestaciones cuyo objeto era declamar que todavía hoy existen notables diferencias en la forma en que la sociedad trata a mujeres y hombres, favoreciendo en general a estos últimos. Dichas manifestaciones congregaron a una cantidad de gente importante, lo que dice mucho acerca de las necesidades que aún hoy tenemos en este aspecto y que la sociedad demanda solventar. Igualmente, ese día las redes se inundaron con las opiniones de unos y otros al respecto, pero aunque se seguirán hablando de estos temas seguramente hasta tiempo después que logremos solucionarlos, los derechos de la mujer no deberían reivindicarse un solo día. Por ello, quisiera hablar sobre algunos aspectos de mi área de conocimiento, la psicología jurídica, en relación a como trata la justicia a las mujeres en general y a las víctimas de violencia de género en particular.

Manifestación por el día internacional de la mujer de 1917 en Petrogrado (hoy San Petersburgo)

Hace ya unos años el grupo de expertos en Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) elaboró una guía con la que pretendía aclarar ciertos aspectos de estos casos que parecían generar confusión o tener tendencia a ser malinterpretados por diversos motivos. Entre otras aclaraciones, los expertos contaban que ante casos de violencia contra la mujer, cuando hubiere hijos fruto de la relación, el agresor jamás debería poder compartir dicha custodia.

Sin ir más lejos, el artículo 92.7 del código Civil dice textualmente que “No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el Juez advierta (…) la existencia de indicios fundados de violencia doméstica”.

En relación a lo anterior, a veces se alega para que pueda darse dicha custodia compartida, que el menor está siendo afectado por el “síndrome de alienación parental” o SAP, el cual cabría recordar que ni tiene, ni tuvo nunca base científica alguna. Este mal llamado síndrome es, por tanto, poco más que un estereotipo pernicioso, cuyos pretendidos síntomas pueden explicarse mejor de muchas otras formas.

Pese a ello, aún hoy día resulta muy común que en el objeto de una pericial se nos demande que determinemos si existe o no el SAP en el caso en cuestión. Resulta fácil pues contestar a esta pregunta, si bien habremos de entender que lo que en realidad se nos solicita es que determinemos si alguno de los progenitores está influyendo negativamente al menor, poniéndolo consciente o inconscientemente en contra del otro sin que haya ninguna base racional para ello.

Por si todo lo anterior fuera poco, el tribunal Supremo fijó en su día doctrina respecto a este tema, estableciendo que “la adopción de una guardia y custodia no depende del informe favorable del fiscal sino de la valoración que merezca al juez la adecuación de una medida u otra en base al interés del menor.”

Pese a ello, no es raro encontrarse que en la vista de un juicio se pregunta, viniera indicado este tema en el objeto de la pericial o no, si podría existir en dicho caso el SAP. Me temo que se trata de uno de esos mitos que se perpetúan  pese a que nunca tuvieron fundamento, como aquel que dice que solamente usamos un 10% de nuestro cerebro o que las vacunas provocan autismo. Mitos que a la larga se convierten en mentiras dañinas.

El SAP en concreto, supone un intento de minimizar, de restarle importancia a la violencia que se ejerce sobre las mujeres y a otra clase de conductas machistas más sutiles. Por ello, simplemente aceptar que se enarbole este argumento como una posible razón a tener en cuenta en un procedimiento de guarda y custodia supondría vulnerar los derechos de los menores, exponiéndolos al daño del que supuestamente las instituciones legales deberían estar protegiéndolos.

Bueno, ¿y entonces de dónde viene este síndrome? Por supuesto que no surge de la nada, sino que fue creado por un médico en 1985, precisamente cuando se encontraba en pleno litigio por la custodia de sus hijos. El médico, llamado Richard Gardner, argumentaba que la madre alienaba a sus hijos y que durante el tiempo que estos pasaban con ella, la mujer los condicionaba poniéndolos en su contra, por lo que consideraba que debía ser él quien detentara la custodia. Y no solo eso, pues añadía a su razonamiento y peticiones que debería ordenarse un tratamiento para solucionar la situación. Al escuchar esta historia uno podría preguntarse qué pruebas aportó el médico para sostener su causa, pero la verdad es que no fue capaz de aportar nada más allá de su opinión e impresiones personales.

Tras este evento, y por mucho que algunos se empecinaron en ello, no se encontró nunca pruebas que lo apoyaran. En concreto, Gardner basó su vida profesional casi completamente en el SAP, recomendando como supuesto experto que en los casos de abuso sexual infantil, a los que consideraba una histeria colectiva, sería recomendable dar la guarda y custodia al presunto abusador.

Así pues, el SAP nunca ha llegado a ser reconocido por ninguna asociación profesional ni científica, siendo rechazado por todos los sistemas diagnósticos reconocidos, como el DSM o el CIE en sus diversas revisiones. La propia Asociación Americana de Psicología (APA) decía al respecto que “no existe ninguna evidencia científica que avale este supuesto síndrome”.

Según las investigaciones, la realidad tras el rechazo de algunos menores frente a las visitas del progenitor no custodio suelen poder ser explicado mejor por la propia ansiedad que padece el menor tras la separación, por la ausencia del progenitor custodio o por la existencia de violencia previa contra él o contra la madre. Así pues, atribuir por defecto dicha aversión a una manipulación por parte de la progenitora en base al supuesto síndrome, no es sino aplicar una teoría pseudocientífica.

Recordemos, no obstante, que no es lo mismo un caso donde ambos progenitores parten de las mismas condiciones pero el menor o los menores manifiestan su preferencia de estar con uno de ellos, que aquellos casos en que hay indicios de violencia de género o contra los propios menores. En los primeros, muchas veces se decide en contra de la voluntad del menor, por ejemplo cuando este es demasiado pequeño para entender la situación, pero siempre buscando el mayor beneficio para él o ella. Por ello mismo, en los segundos no debería caber posibilidad de compartir la custodia.

Y es que durante todo el proceso judicial, inclusive al fijar las medidas de custodia y visitas, se buscará siempre “preservar y garantizar la integridad tanto física como psíquica del menor”. Por ello, en casos donde se encuentren los citados indicios de violencia, debería realizarse un informe pericial acerca de la idoneidad de que los menores tengan contacto con el progenitor agresor, por ejemplo en forma de visitas.

Según explicaba la guía de CGPJ, existiría la tendencia en algunas Audiencias Provinciales a exigir que se probara la existencia de ánimo de dominar a la mujer para calificar un delito como de violencia de género. Recordemos, sin embargo, que los expertos en violencia doméstica consideran que es innecesario probar tal eventualidad, ya que por defecto forma parte de este tipo de violencia, al ejercerse esta en el ámbito de la pareja y ser producto de la relación desigual entre ambos sexos, así como de la dominación histórica entre hombres y mujeres.

 

Fuentes:

La custodia compartida no cabe nunca en casos de violencia de género. Visto en Europa Press.

Código Civil.

Síndrome de alienación parental. Información de apoyo extraída de Wikipedia.

 

Existe en la Psicología Forense o Legal un aspecto inherente a su propia naturaleza, y esta la responsabilidad que contrae el psicólogo cuando desempeña su labor en estos contextos, por ejemplo como perito. Debido a esta responsabilidad pero también porque debemos siempre buscar ejercer nuestra profesión lo mejor posible, los peritos deberían realizar sus informes con la máxima calidad posible. Sin embargo existen ciertos errores en esta profesión que se comenten con más asiduidad, sobre todo por los peritos menos experimentados. A continuación me dispongo a comentar cada uno de estos errores, explicar en qué consisten y cómo evitarlos.

Errores metodológicos

Esta primera categoría se refiere al uso de instrumentos, técnicas, herramientas o procedimientos no adecuados al caso o al objetivo de la pericial. En este sentido es obligación del perito preparar las sesiones de evaluación con tiempo, analizando los datos reflejados en la documentación aportada y teniendo en mente lo que se le ha preguntado. Por ejemplo no podemos emplear el mismo modelo de entrevista para un caso de guarda y custodia que para uno de credibilidad. Además, tampoco deberíamos seguir un modelo genérico a rajatabla, pues cada caso tendrá particularidades que harán necesario incluir en la entrevista preguntas más específicas e instrumentos psicométricos distintos. Errores comunes en este área son:

  • Formular preguntas sugeridas: Podemos encontrar entrevistas cuyas preguntas se realizan sugiriendo al evaluado una respuesta concreta, por ejemplo dándole opciones cerradas de respuesta o sugiriendo la contestación buscada en la misma formulación de la cuestión. Por supuesto, esta forma de realizar la entrevista hace que la misma pierda toda validez y por tanto no serviría de nada. El formato más apropiado y que ofrece más garantías de validez y fiabilidad es el de entrevista abierta que incluya la revisión de detalles contextuales, para así esclarecer puntos no abordados de forma espontánea por el evaluado.
  • Emplear técnicas sugerentes o no apropiadas: Al igual que la entrevista realizada puede estar sesgada, así mismo lo podrían estar las pruebas usadas. Y es que aunque se presuponga que las pruebas, sobre todo las psicométricas, están ya diseñadas para ser válidas y fiables, la realidad es que cada una de ellas está pensada para un uso contextual concreto. Así, una prueba de personalidad que no posea baremos para población forense no podría ser aplicada en estos casos.
  • Sesiones de evaluación excesivamente largas: Sumando las entrevistas, las pruebas psicométricas y las de otro tipo, puede ocurrir que las sesiones de evaluación se prolonguen demasiado pudiendo causar cansancio y fatiga tanto en el evaluado como en el evaluador, lo que por supuesto afectaría a la validez de la pericial en su conjunto. Será pues necesario realizar las pausas apropiadas, repartiendo las pruebas en diversas sesiones si fuera necesario, permaneciendo atentos por si aparece el agotamiento. Una persona cansada pierde motivación, busca terminar rápido, presenta dificultades para atender y por ello cometerá errores más frecuentemente.
  • Recabar más información de la necesaria: A veces sucede que no solo se evalúa a la persona a lo largo de una sesión especialmente larga, sino que el perito lo hace para recabar datos que en realidad siquiera eran relevantes. En estos casos nos encontraríamos con preguntas que ahondan en detalles superfluos para las cuestiones periciales planteadas, pero que pueden llegar a causar sufrimiento en la persona evaluada. Por ello es muy importante tener muy claro el objetivo perseguido e indagar solamente en aquellos temas que de forma directa o indirecta tengan relevancia respecto a este.
  • No mantener la neutralidad: Este error aparece cuando el perito se posiciona sin darse cuenta a favor de una de las partes por motivos personales. Hay que tener en cuenta que es bastante habitual que en este contexto los evaluados respondan buscando la simpatía y aprobación del perito, pudiendo llegar a simular síntomas coherentes con la situación psicológica que se le presupone. Por eso es especialmente importante que el psicólogo, como profesional que se supone que es, mantenga su neutralidad y utilice para sus conclusiones datos psicológicos y de otro tipo, pero nunca valoraciones personales. Esto además incluye recabar toda la información necesaria, independientemente de que la primera impresión que tenga el perito ya parezca indicar cual será la conclusión.
  • Redactar un informe excesivamente largo o corto: Quienes han de leer el informe no necesariamente poseen formación en psicología, por lo que resulta necesario que todo el texto se entienda sin requerir dichos conocimientos, contestando a las preguntas planteadas de forma clara. Así pues requerimos un informe suficientemente extenso como para que todo quede bien explicado y relacionado, pero a la vez bastante conciso como para que el lector no tenga que esforzarse en distinguir qué información es verdaderamente relevante y cual no.
  • Redactar un informe blindado: A veces ocurre que los datos y técnicas usados para llegar a las conclusiones siquiera figuran en el informe. Lógicamente, el perito no puede explicar en profundidad porqué usa esta o aquella prueba o el significado exacto de cada puntuación obtenida en las pruebas psicométricas, pero una retahíla de datos sin explicación ninguna dará como resultado un texto ininteligible. Así, se podría llegar incluso al caso en que ni otro expertos en psicología puedan entender cómo se relacionan con las conclusiones, bien por ser extremadamente someros, bien por falta de rigor metodológico.
  • No estudiar el expediente judicial: Dicho lo anterior, tampoco podemos rehuir la información que nos facilita la documentación del caso, pues tendremos que profundizar en ella tanto antes como después de realizar nuestras pruebas, tomando buena nota de todo dato que pueda ser relevante, eligiendo las pruebas a administrar en consonancia, y teniéndola en cuenta para contrastar los resultados obtenidos que nos lleven finalmente a las conclusiones.
  • El evaluador habla más que el evaluado: También puede ocurrir que el perito, en su afán por obtener información que sí sea válida, sobre explique cada cuestión y eventualidad, llegando a pasar más tiempo hablando que la propia persona evaluada. Para obtener dicha información, lo mejor que podemos hacer es escuchar, ser pacientes y saber crear un clima propicio para que la persona confíe en nosotros, si bien hay queevitar que precisamente por buscar ese clima hablemos más de la cuenta, restándole tiempo al interlocutor.
  • No respetar el ritmo emocional: En relación directa con el anterior estaría este error, consistente en que el perito no permite al evaluado detener su discurso cuando este se ve afectado por sus emociones, lo cual sucede a menudo sobre todo si hablamos con supuestas víctimas de abuso o agresión, o si estamos evaluando a menores, quienes lógicamente presentan a veces dificultades para entender la importancia del proceso en el que están inmersos.
  • No saber crear un clima propicio: Como vemos, resulta vital crear un ambiente en el que el evaluado se sienta escuchado y entendido, viendo sus opiniones respetadas hasta el punto en que aunque el perito no necesariamente las comparta, actúe igualmente de forma profesional y neutra. Cuando uno no es capaz de crear este ambiente y transmitir confianza, invalida la prueba, ya que seguramente no obtendremos suficientes datos y los que sí se obtengamos podrían estar sesgados.

Errores de interpretación

Este apartado se refiere a errores que puede cometer el perito, pero no en cuanto al uso de técnicas inadecuadas o mal empleadas, sino a los que se dan en la propia interpretación de los datos recabados de las distintas fuentes. Esta interpretación errada puede aparecer por el efecto de diversos tipos de sesgos, como lo son los prejuicios o creencias que tenga el perito y que deben ser evitados a toda cosa pues impiden la neutralidad que se le presupone como profesional.

  • Errores de atribución: Se refieren a la tendencia a atribuir patologías a los maltratadores o agresores cuando existe un cuadro de violencia grave, buscando justificar que una persona mentalmente sana pueda cometer ciertos actos. Igualmente cuando se trata de un caso de violencia que se da de forma puntual, se tienden a buscar causas que afectasen al sujeto de forma momentánea, como el consumo de sustancias. A la hora de la verdad, hemos de tener claro que en este tipo de casos partimos de una situación de ignorancia en cuanto al contexto y que nuestro deber como peritos es indagar, explorar y averiguar los detalles del suceso, así como el estado mental de los intervinientes, para así poder deducir en que modo se encontraban afectados en el momento de los hechos.
  • Error de Otelo: Llamado así por la obra de Shakespeare, se refiere a los errores de incredulidad. Este tipo de situaciones se dan cuando el evaluador interpreta que una persona está mintiendo cuando en realidad no lo hace, y todo ello por presentar afectación fisiológica o emocional al narrar los hechos. Hay que tener siempre presente que dichos síntomas pueden darse simplemente por el contexto, el cual somete a mucha presión a los evaluados, así como al tener que rememorar experiencias traumáticas.
  • No tener en cuenta la posible simulación: El caso contrario al anterior, sucede cuando el perito evalúa tal y como lo haría en un contexto clínico o de terapia, es decir, como si estuviera evaluando sujetos de la población general. Y es que hay que tener muy presente que en los contextos judiciales es relativamente frecuente que los evaluados busquen simular síntomas, buscando que el perito llegue a conclusiones que les favorezcan. Por ello hay que estar especialmente atentos por si se da esta circunstancia.

 

No obstante, el perito no es la única fuente de error en relación a la interpretación de los datos, y es que la propia persona evaluada puede consciente o inconscientemente crear sesgos que afecten a los resultados. Sin embargo es igualmente responsabilidad del perito el tener estos aspectos en cuenta:

  • No tener en cuenta la personalidad del evaluado: Las personas evaluadas tienen su propia forma de ser, estilo cognitivo, estilo de comunicación, motivaciones y condicionantes situacionales, los cuales pueden influir en la evaluación. Un claro ejemplo es el del evaluado que evita activamente hablar sobre ciertos temas. En este caso el perito deberá insistir y añadir a las preguntas una nueva «¿Por qué oculta información?» Vergüenza, intentos de ocultación, proteger a alguien, evitar revivir el trauma, son solo algunas de las muchas opciones, debiendo valorarse cual será la correcta en cada caso.
  • No tener en cuenta los propios errores de atribución de la víctima: En aquellos casos en que existe una víctima, se puede dar el caso que por los propios prejuicios, costumbres o cultura de la misma, esté minimizando o incluso omitiendo sin saberlo, información relativa a los malos tratos. Esto sucederá cuando la persona considere estos actos o actitudes como habituales y normalizadas en su entorno socio-cultural.

Errores en las conclusiones

Los errores que hemos comentado hasta ahora se refieren sobre todo al momento de la evaluación en sí misma, pero también existen una serie de errores que se dan a la hora de emitir las conclusiones. Pueden por ejemplo cometerse a la hora de emitir un diagnóstico psicológico que las sustente:

  • Confundir las consecuencias del abuso, maltrato o negligencia con características propias de la víctima: En este caso se interpreta la sintomatología derivada de una agresión con aspectos que pertenecerían a la propia personalidad del individuo. Para evitar confundir estas dos eventualidades, es vital conocer en profundidad los mitos y realidades de las distintas clases de casos legales susceptibles de requerir una pericial psicológica.
  • Asumir que la víctima o el agresor han de ajustarse obligatoriamente a un perfil concreto: Por supuesto que existen características psicológicas más comunes para cada tipo de caso, y que en base a ellos se elaboran perfiles esperables sobre los que trabajar, pero eso no implica que cada víctima o agresor deba ajustarse a ellos completamente. Por ejemplo, las secuelas sufridas serán de un tipo y severidad diferentes según la duración, frecuencia e intensidad de las agresiones sufridas, además de depender de muchas más variables.
  • Llegar a conclusiones sesgadas: En relación con lo anterior, puede suceder que se llegue a conclusiones erradas al interpretar los datos en base a una impresión previa al análisis profundo de estos, por lo que se estaría incurriendo en un sesgo confirmatorio. Este tipo de sesgos se da cuando el evaluador ha establecido, conscientemente o no, una hipótesis inicial y a partir de ahí actúa buscando confirmarla. En estos casos el perito puede estar realizando una entrevista e incluso pruebas seleccionadas con esta idea en mente, sin tener en cuenta la información que la contradice o bien justificándola sin tener en cuenta las posibles hipótesis alternativas. Existen algunos casos especialmente sensibles a este tipo de sesgo, por ejemplo aquellos en los que se presupone la existencia de una víctima (por ejemplo de abuso sexual o de violencia), casos especialmente sensibles y en los que deberos actuar con la máxima profesionalidad y neutralidad.
  • Asumir como correctas conclusiones ajenas: Decíamos que hay que evitar dejarse llevar por impresiones y basarse en cambio en los hechos y en los aspectos psicológicos, que es lo que nos atañe. No obstante, no es nada extraño encontrar entre la documentación del caso otros informes o pruebas, como por ejemplo los de carácter médico. Puesto que resultará inevitable leer estas informaciones, habrá que tener en cuenta que podemos tratarlas como fuentes de datos adicionales, pero una vez debemos evitar caer en la trampa de dar por buena una hipótesis que no tenga como núcleo nuestras propias averiguaciones. Además, hay que estar muy atentos a estos otros informes, pues pueden haber sido realizados hace tiempo o en condiciones que no resulten apropiadas para las cuestiones que a nosotros se nos han pedido.
  • Llegar a conclusiones sin pruebas suficientes: También se puede dar el caso de que el perito realice un informe, que bien por verse afectado por un sesgo como antes decíamos, bien por no haber recabado información suficiente como para aclarar todos los puntos necesarios, llegue a conclusiones sin tener datos suficientes para ello. Podría darse incluso el caso en que se llegue a una conclusión concreta a pesar de existir datos que la contradigan, sin darse el perito cuenta de ello o directamente ignorándolos pues considera que son menos relevantes que otros que sí confirman la hipótesis que cree acertada.
  • No explicar las conclusiones: Tan importante como llegar a conclusiones fundamentadas es explicar esos mismos fundamentos en el informe. Hay que tener en cuenta que aunque el perito, quien se supone posee conocimientos técnicos que el resto de intervinientes en el proceso no, puede ver muy claro como los datos obtenidos llevan a las conclusiones que quedan apuntadas en el informe, dicho razonamiento debe quedar igualmente reflejado. Aparentemente los datos pueden parecer irrelevantes al caso, presentar detalles y matices que no aparecen en el informe propiamente dicho, o bien carecer de un nexo claro que establezca un efecto de causa y consecuencia entre ellos y las conclusiones.
  • No contestar a las preguntas planteadas: Lo anterior se puede llevar al extremo cuando el perito ya no es solo que aporte información irrelevante, sino que directamente no contesta siquiera a lo que se le había pedido. Puede suceder que encontrando datos que le parecen importantes al caso, enfoque el informe a esclarecer estos olvidándose de la pregunta inicial que se le planteó, la cual independientemente de los demás factores y circunstancias debería quedar siempre respondida y aclarada, pues ese es el fin último del informe pericial.
  • Concluir que no se puede concluir nada: Puede pasar que un perito, bien por no sentirse capacitado para el trabajo, por inexperiencia o por encontrarse con un caso especialmente difícil, se muestre extremadamente prudente a la hora de llegar a las conclusiones. Se ve desbordado por las dudas y por muchas vueltas que le da a los datos recabados y a las demás pruebas no lo ve claro. Si bien en contadas ocasiones puede ocurrir que no se puede concluir de forma que las preguntadas planteadas queden totalmente respondidas, en la mayor parte de casos en los que el perito no vea clara la respuesta, simplemente tendrá que analizar los datos más en profundidad o practicar más pruebas a los evaluados si es necesario, pero buscando siempre cumplir con su deber mientras haya posibilidad de ello.

Por último, si bien lo trataré específicamente en futuras entradas, no hay que olvidar los errores que pueden producirse en las propias instancias judiciales, al solicitarse informes periciales cuyos objetivos son irrealizables o no quedan claros. Así, por ejemplo nos podríamos encontrar con cuestiones como «perfil de la víctima», «perfil del agresor», «existencia o no de patologías en el agresor/víctima». Finalmente, el que más veces se me ha presentado es en casos acerca del mejor régimen de guarda y custodia en casos de separación o divorcios contenciosos con menores, donde se me solicitaba «informe psicosocial», término tan genérico que en realidad no indica que es lo que se requiere. En estos casos y en cualquier otro donde el perito tenga dudas, será vital aclarar el objeto del informe antes incluso de plantearnos que pruebas y técnicas se usarán.

Estos son algunos de los errores más frecuentes a la hora de realizar informes periciales psicológicos, por lo que hay que estar muy atentos para evitarlos. Recuerda que si tienes alguna duda respecto a esta disciplina de la psicología puedes dejar un comentario en esta misma entrada o contactar conmigo.

 

Bibliografía:

“Errores más corrientes del peritaje escrito”, por Javier Urra y Blanca Vázquez.

«Máster en Psicología Forense», por ISEP.

«El error de Otelo: Coste emocional de la mentira», por Judit Bembibre Serrano y Lorenzo Higueras Cortés.

«Errores mas frecuentes en los peritajes psicológicos sobre malos tratos», por Mónica Di Nibula.

Guía de buenas prácticas para la evaluación psicológica forense y la práctica pericial 2014.

«Evaluaciones Psicológico-Forenses en asuntos de Violencia de Género. Errores habituales y propuestas de mejora» por Laura Fátima Asensi Pérez y Miguel Díez Jorro.